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AYUD0453T03 - Subvención a entidades locales destinada a la adquisición de equipamiento para la gestión de residuos

Plazo abierto

Plazos de presentación

Desde
31/10/2025
00:00h
Hasta
14/11/2025
23:59h

Quince días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 30/10/2025).


Finalidad

Financiar la adquisición por los ayuntamientos del Principado de Asturias de equipamientos específicos para la recogida de los residuos municipales, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos legales en materia de recogida separada y reciclaje de residuos municipales, de acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.


Quien lo puede presentar

1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convoquen al amparo de las presentes bases los concejos del Principado de Asturias con población de derecho inferior a 20.000 habitantes.

2. A efectos de la aplicación de las presentes bases como poblaciones de derecho se tomarán las cifras oficiales resultantes del último censo anual de población publicado por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicarse la resolución de convocatoria.

3. No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en quienes concurra cualesquiera de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La apreciación de estas circunstancias se llevará a cabo en el modo establecido en los apartados 4 a 6 del citado artículo 13, y tendrán el alcance que para cada una se establece.

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Presentación

PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

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Órgano gestor

Servicio de Gestión, Planificación y Promoción Ambiental.

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Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición.

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Información adicional

No obstante lo anterior, la entidad beneficiaria de la subvención deberá acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social conforme exige el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presentación del certificado expedido por el Registro de Documentación Administrativa de Entidades Locales dispensará de presentar la documentación administrativa vigente y anotada en el mismo.

SERVICIOS RELACIONADOS

 

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Documentos a presentar

Documentos requeridos:
    El formulario de solicitud deberá acompañarse de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en esta convocatoria, conforme a los modelos de documentación disponibles en el campo de documentación relacionada.
      A. Documentación técnica que incluirá:
      • a) Memoria en la que se incluya una descripción de las actuaciones concretas a realizar de acuerdo con el anexo I de la convocatoria.
      • b) Presupuesto desglosado en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes subvencionables, conforme al anexo II de la convocatoria. El presupuesto tendrá carácter vinculante respecto a la ejecución del proyecto, tanto en su aspecto cuantitativo, en lo que se refiere a importes parciales de gastos e importes totales de gastos e ingresos, como en el aspecto cualitativo, en lo que se refiere a la naturaleza de las diferentes partidas de gasto que contenga, si bien se admitirá la compensación de las diferente partidas hasta un máximo de un 20% de su importe, y todo ello sin perjuicio de lo establecido en la base undécima en relación con la reformulación. La confección del presupuesto se ha de sujetar, como mínimo, a los siguientes requisitos, cuyo incumplimiento dará lugar a la denegación de la solicitud: - La suma total de los gastos ha de ser igual a la suma total de los ingresos del proyecto. - En el apartado de ingresos se ha de incluir tanto el importe de subvención solicitado para la ejecución del proyecto como el de otras fuentes de financiación del mismo.
      • c) Certificado de conformidad técnica emitida por los servicios técnicos de COGERSA, solo en el caso de equipamientos que afecten a los servicios de recogida que realiza COGERSA
      B. Documentos acreditativos de la personalidad y de la representación con la que actúa el solicitante.
      • Documento acreditativo de la entidad jurídica solicitante
      • Documentación que acredite la representación con la que actúa el solicitante
      C. Anexo III de la convocatoria.
      • Declaración responsable conforme al anexo III de la convocatoria.
      Otros documentos a aportar
      • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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      Tramitación

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