AYUD0166T01 - Subvención para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo

Rimada d'apertura del plazu

Plazos de presentación

Desde
20/04/2026
00:00h
Hasta
18/05/2026
23:59h

20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.


Finalidad

Financiar la ejecución de proyectos de cooperación que impulsen procesos de desarrollo con el objetivo de contribuir a la eliminación de las desiguald ades que sustenten las diferentes dimensiones de la pobreza desde un enfoque feminista y de derechos humanos. Particularmente atenderá a la erradicación de las desigualdades referidas al acceso a condiciones de vida, vinculadas a la soberanía alimentaria, la salud, la educación, el acceso al agua y a un empleo digno y al trabajo decente; a la defensa y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales; y a la sostenibilidad y regeneración del medio ambiente.


Quien lo puede presentar

Organizaciones no gubernamentales inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias, a fecha de presentación de la solicitud, o consorcios de entidades.

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Presentación

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

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Órgano gestor

Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo.

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Plazo de resolución

6 meses

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición

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Información adicional

Consorcios de entidades

Podrán tener acceso a la subvención los proyectos presentados por un consorcio de entidades. En este caso, cada una de las entidades consorciadas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados.

Tipos de instrumentos

Instrumento A: Proyectos de desarrollo, conjunto de actuaciones dirigidas a alcanzar objetivos específicos dentro de las prioridades sectoriales, geográficas y poblacionales de la cooperación asturiana.
Línea A1. Proyectos dirigidos a apoyar intervenciones sectoriales o multisectoriales en una zona geográfica específica y a una población destinataria definida.
Línea A2 Proyectos dirigidos a la erradicación de las desigualdades estructurales que impiden el pleno disfrute de derechos a los pueblos indígenas.
Instrumento B: Micro-proyecto de desarrollo, actuaciones de menor alcance que los proyectos, que pueden tener carácter eventual, emergente ante una actuación en una zona o sector no habitual, configurarse como actuación complementaria a un proyecto de desarrollo previo o estar vinculadas a pequeñas inversiones en bienes de equipo o infraestructuras.

Gastos subvencionables

Aquellos gastos, directos o indirectos, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Gastos directos: aquellos directamente vinculados a la ejecución del proyecto y que financian la consecución inmediata de los objetivos del mismo. Gastos indirectos: los propios del funcionamiento regular de la entidad adjudicataria, que sirven de base para que sea posible la ejecución de la intervención y atribuibles a ella, siempre que se correspondan con el periodo de ejecución del proyecto. En ningún caso se subvencionarán, entre otros, los intereses deudores de cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales.

Cuantía

El presupuesto de la convocatoria es de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL CINCUENTA EUROS (4.461.050 €). Para el Instrumento A (Proyectos) el importe global máximo de las subvenciones será de 4.300.000 €, distribuidos, para la Línea A1 2.400.000€ y para la Línea A2 1.900.000€. Para el Instrumento B (microproyectos) el importe será de 161.050 €.

Criterios de valoración y puntuación

Instrumento A (Línea A1 y Línea A2)
 
1- VALORACIÓN DE LA ENTIDAD SOLICITANTE (hasta 19 puntos)
2- VALORACIÓN DE LA SOCIA LOCAL (hasta 14 puntos)
3- CONTENIDO DEL PROYECTO (hasta 48 puntos)
4- CONTRIBUCIÓN ESTRATÉGICA A LA COOPERACIÓN ASTURIANA (Línea A1 hasta 22 puntos; Línea A2 hasta 20 puntos):
 
Instrumento B
 
1- VALORACIÓN DE LA ENTIDAD SOLICITANTE (hasta 6 puntos)
2- VALORACIÓN DE LA SOCIA LOCAL (hasta 7 puntos)
3- CONTENIDO DEL PROYECTO (hasta 38 puntos)
4- CONTRIBUCIÓN ESTRATÉGICA A LA COOPERACIÓN ASTURIANA (hasta 12 puntos)
 

Instrucción

A la vista del resultado de la pre evaluación realizada por el órgano instructor y de la valoración de las solicitudes presentadas, la comisión de valoración emitirá un informe en el que relacionará los proyectos que resultan excluidos, asignará puntuación al resto de proyectos aplicando los criterios de selección, estableciendo una relación ordenada de mayor a menor puntuación por cada instrumento y determinará la cuantía de la subvención que les corresponda.
En un plazo no superior a diez días, el órgano instructor, a la vista del informe de la comisión de valoración, formulará propuesta de resolución provisional de la convocatoria, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias, dentro del portal www.asturias.es, y se abrirá un plazo de diez días para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por las entidades, el órgano instructor, formulará la propuesta de resolución definitiva. Se entenderá que las solicitudes desestimadas por falta de crédito que cumplan los requisitos formarán una lista complementaria. Esta propuesta de resolución se elevará, a través del órgano instructor, a quien ostente la titularidad de la consejería competente en materia de cooperación al desarrollo, órgano que dictará la resolución.

Plazos de ejecución y justificación

Los proyectos deberán iniciarse en el año 2026. La justificación de los proyectos habrá de presentarse en el plazo de 3 meses a contar desde la finalización de la ejecución del proyecto que no podrá exceder de un año a partir de la recepción material de la subvención.

Ficha de acreedores

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Servicios Relacionados

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Documento acreditativo de la personalidad de la persona representante y de la representación que ostenta.
  • Ficha de acreedores, en el que consten sus datos bancarios, en los casos en los que la Administración del Principado de Asturias no disponga de esa información actualizada. En el caso de que no se presente el fichero de acreedores, se debe indicar claramente en la solicitud, el número de cuenta en el que debe efectuarse el ingreso.
  • Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención, que deberá adecuarse a los extremos establecidos en el modelo que figura como anexo de la convocatoria.
  • Presupuesto del proyecto para el cual se solicita subvención, que deberá adecuarse a los extremos establecidos en el modelo que figura como anexo de la convocatoria.
  • Certificación expedida por el secretario de la entidad solicitante, con el visto bueno del presidente o el miembro del órgano de representación con capacidad para representar, relativo al acuerdo de presentación de solicitudes adoptado por el órgano competente de la entidad (especificar el título del proyecto)
Para entidades que no hayan sido financiadas anteriormente para proyectos de cooperación al desarrollo por la Administración del Principado de Asturias:
  • Acreditación de la experiencia en la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo.
Las entidades que se presenten en forma de agrupación:
  • Documentación de cada una de las organizaciones agrupadas.
  • Acuerdo de colaboración establecido para la gestión del proyecto.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español del representante
  • Tarjeta de identificación fiscal.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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