AYUD0515T02 - Subvención al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad y a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias 2026-2027

Pendiente de apertura del plazo

Plazos de presentación

Desde
17/08/2026
00:00h
Hasta
28/08/2026
23:59h

Quien lo puede presentar

Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias calificados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales del Principado de Asturias a fecha de solicitud.

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Presentación

Presentación:

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Programas de Empleo

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Plazo de resolución

Seis meses

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Normativa básica

 

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Información adicional

COFINANCIACIÓN

Esta convocatoria de subvenciones es objeto de financiación estatal en un 100% por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (SEPE), a través del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

COSTES SUBVENCIONABLES  Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Importe de las ayudas: hasta el 50% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable.

- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Importe adicional 10%: hasta el 10% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable.

- Coste salarial del personal especializado de las unidades de apoyo de la actividad profesional entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Importe de las ayudas: 1440€ por cada persona usuaria final de los servicios de la unidad de apoyo.

FICHA DE ACREEDOR

  • La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedor 

Su presentación únicamente es necesaria si se trata de una primera solicitud o se pretende cambiar el existente

SERVICIOS RELACIONADOS  

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Documentos a presentar

Documentos requeridos para la solicitud de la subvención convocatoria 2026-2027
    Con carácter general, la solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
    • Formulario de solicitud en modelo normalizado
    • Acta, escritura o documento de constitución, estatutos y, en su caso, modificación de ellos, debidamente legalizados en su caso.
    • Documento acreditativo de poder de representación del firmante de la solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • Certificado o justificante acreditativo de la inscripción o mantenimiento de la misma del centro en el Registro Oficial como Centro Especial de Empleo
    • Datos bancarios de la entidad solicitante que serán aportados en Fichero de Acreedores debidamente cumplimentado y tramitado por la oficina bancaria, según formulario normalizado
    Si el Centro solicitante ostenta la forma jurídica de asociación y goza de dicha condición:
    • Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública
    Si el importe de las solicitudes es superior a 30.000 €, y de encontrarse el beneficiario entre los sujetos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
    • Acreditación mediante alguno de los métodos de prueba previstos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la citada Ley 3/2004
    Subvenciones al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad:
    • Relación de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad, ordenadas alfabéticamente por apellidos, que se encuentren de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2026, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria. 02.AnexoCS y ED 2026-2027. Este anexo se aporta conjuntamente para coste salarial y especial dificultades de empleabilidad
    Contrataciones de personas que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y personas pensionistas de clases pasivas con una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad reconocida:
    • Resolución administrativa emitida por el órgano competente acreditativa del reconocimiento de la incapacidad.
    En caso de ALTAS NUEVAS incorporadas a la solicitud, deberá aportarse:
    • Copia del contrato de trabajo, firmado por empresa y persona trabajadora, comunicado al Servicio Público de Empleo
    • Informe médico emitido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa, que acredite la compatibilidad de la condición de la persona que vaya a ser contratada con el puesto a desempeñar. Se exceptuarán de este requisito las relaciones laborales que se hayan iniciado a través de la subrogación de contratos de personas trabajadoras procedentes de otro Centro Especial de Empleo radicado en Asturias siempre y cuando conste la existencia de un informe favorable emitido al inicio de la relación laboral con la empresa cedente
    • Autorización de las personas que causen alta en la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad cuyo contrato de trabajo se pretenda que sea objeto de subvención para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de identidad (DNI/NIE), el tipo y grado de discapacidad y la vida laboral, incluido consulta del histórico de prestaciones públicas de incapacidad temporal, maternidad y paternidad, en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso, así como la comunicación a la persona trabajadora de que sus costes salariales son objeto de cofinanciación y del carácter público de la misma, según el modelo establecido al efecto.
    Si no se presenta esta autorización deberá aportarse:
    • Copia del DNI o NIE de la persona trabajadora
    • Copia de la certificación de que la persona trabajadora tiene la consideración de persona con discapacidad o presente la condición de pensionista de acuerdo con lo especificado en la base segunda de las reguladoras. Deberá incluir la información del tipo y grado de discapacidad.
    • Original o copia compulsada del documento de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora (TA2)
    • Informe de la vida laboral la persona trabajadora de los veinticuatro meses anteriores al alta en el Centro Especial de Empleo
    • Cualquier otro documento que, a juicio del órgano instructor se estime necesario, en cada caso, para comprobar las características de la actuación y el buen fin de las ayudas o para acreditar los datos señalados en la solicitud. La necesidad de aportar tal documentación será comunicada a los interesados
    • Copia del DNI o NIE de la persona trabajadora
    • Original o copia compulsada del documento de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora (TA2)
    • Informe de la vida laboral la persona trabajadora de los veinticuatro meses anteriores al alta en el Centro Especial de Empleo
    • Copia del DNI o NIE de la persona trabajadora
    • Copia de la certificación de que la persona trabajadora tiene la consideración de persona con discapacidad o presente la condición de pensionista de acuerdo con lo especificado en la base segunda de las reguladoras. Deberá incluir la información del tipo y grado de discapacidad.
    • Original o copia compulsada del documento de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora (TA2)
    • Informe de la vida laboral la persona trabajadora de los veinticuatro meses anteriores al alta en el Centro Especial de Empleo
    • Cualquier otro documento que, a juicio del órgano instructor se estime necesario, en cada caso, para comprobar las características de la actuación y el buen fin de las ayudas o para acreditar los datos señalados en la solicitud. La necesidad de aportar tal documentación será comunicada a los interesados.
    Subvenciones al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad:
    • Relación de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad, ordenadas alfabéticamente por apellidos, que se encuentren de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2026, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria. 02.Anexo CS y ED 2026-2027. Este anexo se aporta conjuntamente apara coste salarial y especial dificultades de empleabilidad
    Subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias:
    • Relación de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad Relación de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad, ordenadas alfabéticamente por apellidos, que se encuentren de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2026, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria. 04.AnexoUAAPs 2026-2027
    • Proyecto de servicio de acompañamiento que deberá forzosamente incluir un estudio previo de la realidad, objetivos generales, objetivos específicos, actividades concretas, sistema de evaluación continua y recursos humanos, materiales y económicos de los que dispondrá la Unidad
    En caso de ALTAS NUEVAS del personal de apoyo contratado o del personal con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad, deberá aportarse:
    • Acreditación de titulación media o superior o experiencia equivalente del personal de apoyo contratado
    • Autorización de las personas que causen alta en la plantilla cuyo contrato de trabajo se pretenda que sea objeto de subvención para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de identidad (DNI/NIE) vida laboral, así como la comunicación a la persona trabajadora de que sus costes salariales son objeto de cofinanciación y del carácter público de la misma, según el modelo establecido al efecto.
    Si las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad, no figuran en la relación establecida para la línea coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras:
    • Informe médico emitido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa, que acredite la compatibilidad de la condición de la persona que vaya a ser contratada con el puesto a desempeñar
    • Autorización de las personas que causen alta en la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad cuyo contrato de trabajo se pretenda que sea objeto de subvención para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de identidad (DNI/NIE), el tipo y grado de discapacidad y la vida laboral, incluido consulta del histórico de prestaciones públicas de incapacidad temporal, maternidad y paternidad, en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso, así como la comunicación a la persona trabajadora de que sus costes salariales son objeto de cofinanciación y del carácter público de la misma, según el modelo establecido al efecto
    Documentos aportados:
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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