Finalidad
Expresar el reconocimiento social a una meritoria labor y a una trayectoria profesional particularmente destacada en el ámbito del patrimonio cultural, entendiendo que estos galardones contribuirán a fortalecer el sentimiento social de aprecio y compromiso con la cultura asturiana.
Quien lo puede presentar
Se podrá proponer la candidatura en los “Premios del Patrimonio Cultural de Asturias”, de cualquier particular, o entidad sin ánimo de lucro, tales como asociaciones o fundaciones e instituciones, siempre que destaquen por una acreditada labor en la defensa, protección y difusión del patrimonio cultural asturiano, dentro de la correspondiente categoría de los premios.
El reconocimiento podrá concederse tanto a una trayectoria continuada, como a una acción concreta especial relevancia.
En ningún caso los premios podrán ser concedidos con carácter póstumo.
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Presentación
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Conservación del Patrimonio
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Documentos a presentar
Documentos requeridos:
- Solicitud en formato normalizado
Otros documentos aportados:
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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