Finalidad
Obtener subvenciones para financiar los gastos ocasionados por las actividades desarrolladas por asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias y dirigidas a los niveles educativos no universitarios de enseñanza reglada.
Quien lo puede presentar
Asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnos, de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias que impartan enseñanzas regladas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial.
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Presentación
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico al final de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Inclusión Educativa y Formación del Profesorado.
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Memoria económica del ejercicio (anexo A), donde figuren las actividades realizadas en el periodo subvencionable, junto a los datos identificativos de cada factura imputable a las mismas. Deberá estar firmado por el Presidente. Se cubrirá una hoja por cada actividad realizada.
- Ficha de acreedores (formulario disponible en el apartado Información Adicional). Únicamente en el caso de que se hayan realizado cambios en la cuenta bancaria de la asociación o nunca se haya obtenido una ayuda o subvención de la Administración del Principado de Asturias
- Documento acreditativo del número de identificación fiscal. Únicamente en el caso de que se hayan realizado cambios en la cuenta bancaria de la asociación o nunca se haya obtenido una ayuda o subvención de la Administración del Principado de Asturias
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados a la memoria económica y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, en formato pdf, firmadas con el visto bueno de la Secretaría de la asociación, federación o confederación.
En caso de renuncia a la subvención:
- Comunicación de renuncia mediante documento que se incluye como anexo.
Las federaciones y confederaciones, deberán presentar, además:
- Proyecto relativo a las actividades para las que se solicita la subvención.
En caso de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho a los interesados a "aportar cualquier otro documento que se estime conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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