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CERT0006T01 - Certificación de destrucción de vehículos al final de su vida útil

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Certificación de destrucción de vehículos al final de su vida útil


Quien lo puede presentar

Centros autorizados de tratamiento de vehículos fuera de uso

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Presentación

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

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Órgano gestor

Servicio de Control Ambiental

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Información adicional

Es un servicio electrónico

  1. EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO

    El certificado de destrucción de vehículos al final de su vida útil será expedido por el centro autorizado de tratamiento (centro de descontaminación), que deberá contar con la correspondiente autorización como gestor de residuos peligrosos.

  2. REQUISITOS DEL CERTIFICADO

    El certificado se ajusta al modelo y contenido establecidos en el anexo de la Orden INT/624/2008, de 26 de enero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil. La presentación de los certificados de destrucción de vehiculos al final de su vida útil por los centros autorizados de tratamiento ante la Administración del Principado de Asturias se efectuará obligatoriamente por medios electrónicos.

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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Tramitación presencial

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Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Requisitos técnicos

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