Finalidad
Comunicar las modificaciones en los datos que figuran inscritos en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser operadores de banca o seguros vinculados, corredores de seguros y corredores de reaseguros, cuyo domicilio y ámbito de operaciones se limiten al territorio del Principado de Asturias.
- Ser agentes de seguros exclusivos y operadores de banca o seguros exclusivos, siempre que la entidad aseguradora para la que prestan sus servicios esté sometida al control y supervisión del Principado de Asturias.
- Quienes, bajo cualquier título, desempeñen cargos de administración o de dirección de personas jurídicas que desarrollen las actividades de mediación de seguros o de reaseguros sometidas al ámbito de control y supervisión de esta comunidad autónoma.
- Ser entidades aseguradoras y reaseguradoras sometidas al control y supervisión del Principado de Asturias.
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Presentación
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Servicio de Supervisión Financiera y Seguros.
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Recursos
Potestativo de reposición
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Pago de tasas
Tramitación electrónica
Descarga del modelo 046
El precio de las tasas puede consultarse en el documento disponible en el apartado de Documentación relacionada: Tasas para el año 2025.
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Información adicional
Plazo de resolución y sentido del silencio
- El plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa de la solicitud será de tres meses a partir de la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción. La solicitud será denegada cuando no se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para su concesión.
Más información
Servicio de Supervisión Financiera y Seguros
Edificio Administrativo de C/ Hermanos Menéndez Pidal, nº 7 y 9 , 3º planta
33005 Oviedo
Consultas: mediadores@asturias.org
Teléfono directo: 985 10 59 22
Centralita: 985 10 55 00 Ext:12766
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
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