AYUD0090T01 - Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para celebrar certámenes de productos agroalimentarios

Plazo finalizado

Plazos de presentación

Desde
06/05/2026
00:00h
Hasta
04/06/2026
23:59h

Finalidad

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la financiación de los gastos ocasionados por la celebración de certámenes de productos agroalimentarios (concursos, muestras y exposiciones) que no tengan finalidad comercial y que se desarrollen en el ámbito territorial del Principado de Asturias


Quien lo puede presentar

Entidades sin ánimo de lucro que organicen certámenes de productos agroalimentarios, excluidas las Administraciones Públicas, que cumplan los siguientes requisitos:

1.- El número de participantes en el certamen será, como mínimo, el siguiente:

  • Municipales: 15
  • Comarcales: 30
  • Regionales y nacionales: 50

2.- La celebración del certamen será entre el 1 de noviembre del año anterior al de la solicitud y el 31 de octubre del año de la solicitud. 

3.- El certamen se regulará mediante un reglamento interno en el que se incluirán:

  • Fechas y horarios de celebración del certámen
  • Productos agroalimentarios que se van a exponer
  • Calificación del certamen (municipal, comarcal, regional o nacional)
  • Premios que se van a conceder, si procede

4.- Que los productos expuestos cumplan las normas de calidad higiénico-sanitarias y que los productos transformados, disponiendo de registro sanitario, se identifiquen mediante su etiqueta correspondiente.

5.- Cumplir con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

6.- Comprometerse a facilitar la realización de los controles que efectúe la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, para verificar el cumplimiento de los requisitos.

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Presentación

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

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Órgano gestor

Servicio de Agroindustria

  • Código de identificación (DIR): A03028914

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Plazo de resolución

El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de tres meses, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera efectuado la indicada notificación podrá entenderse desestimada la solicitud, a los efectos de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la obligación que la citada Ley impone a la Administración de resolver expresamente.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición

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Información adicional

Tipos de certámenes

Atendiendo a la procedencia geográfica de los productos expuestos, los certámenes se clasifican en municipales, comarcales, regionales y nacionales.

Reparto de las ayudas

Se repartirán modulando las ayudas por un sistema de puntos y asignando mayor número de puntos a los certámenes de mayor duración, a los de mayor número de expositores, a los de mayor ámbito territorial y a los dedicados a presencia de productos alimenticios con figura de calidad reconocida según la calificación por procedencia de los productos expuestos.

Ficha de acreedores

SERVICIOS RELACIONADOS

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, mediante fotocopia de los estatutos.
  • Reglamento del certamen.
  • Estimación del número de expositores.
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos previstos o habidos en el certamen.
  • Ficha de acreedores (si no ha sido entregada previamente o si se producen cambios en relación a la misma).
  • Certificado de inscripción como entidad sin ánimo de lucro o documento de reconocimiento de esta clasificación.
De haberse celebrado ya el certamen en el momento de presentar la solicitud, deberá aportar:
  • Acta del certamen, contemplando al menos: nombre del certamen, lugar y fechas de celebración, horarios, la calificación (municipal, comarcal, regional o nacional), listado de premios asignados y la identificación de cada uno de los destinatarios de los premios mediante el nombre y dos apellidos.
  • Certificación del número de expositores participantes de productos agroalimentarios identificando cada uno de ellos mediante el nombre y dos apellidos o bien el nombre de la empresa, indicando los productos expuestos en cada expositor, haciendo hincapié en aquellos que pertenecen a una figura de calidad reconocida y el origen de cada uno de los expositores.
  • Declaración de participación cumplimentada y firmada por cada uno de los expositores.
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos habidos en la realización del certamen, con indicación de la financiación procedente de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, debiendo figurar el importe de la financiación en el detalle de los ingresos.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015, en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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Requisitos técnicos

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