Finalidad
Obtener la aprobación, por parte del órgano competente en materia forestal, de los Instrumentos de ordenación y gestión forestal. En el ámbito del Principado de Asturias se consideran los siguientes:
- Proyectos de Ordenación Forestal.
- Planes Técnicos de Gestión Forestal.
- Planes Técnicos Simplificados por Adhesión.
Quien lo puede presentar
Aquellas personas físicas o jurídicas propietarias de los terrenos a gestionar o aquellas que tengan derechos sobre el monte cuyo instrumento de ordenación y gestión forestal se solicita.
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Órgano gestor
Servicio de Gestión Forestal (Dirección General de Gestión Forestal - Consejería de Medio Rural y Política Agraria).
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Recursos
Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud de aprobación de instrumentos de ordenación y gestión forestal
- Acreditación de representación legal de la relación de copropietarios Monte Proindiviso, para el caso en que los terrenos a gestionar sean propiedad de varias personas físicas (Anexo I)
- Proyecto de Ordenación Forestal o Plan Técnico de Gestión Forestal o Plan Técnico Simplificado por Adhesión o Revisión del Proyecto de Ordenación Forestal, redactados conforme a las Instrucciones para la Ordenación de Montes del Principado de Asturias.
En relación a la cartografía:
- Geodatabase
- Croquis de la/s parcelas en archivo informático con formato shape, para el caso de que los terrenos no coincidan con el límite del recinto SIGPAC
Cuando sea de aplicación se presentará la documentación indicada en el modelo de la "Solicitud", concretamente la relacionada con los apartados:
Otra documentación:
- Cuando las actuaciones proyectadas sin tener relación directa con la gestión de un espacio Red Natura 2000 o sin ser necesario para la misma, puedan afectar de forma apreciable a los citados lugares conforme indica la Disposición adicional séptima de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, será necesario que el promotor del Proyecto de Ordenación presente una Evaluación de Repercusiones a la Red Natura al órgano competente para la gestión de dicho espacio protegido
- En el contexto de la tramitación ambiental si el instrumento de gestión afecta al Patrimonio Cultural deberá incluirse como anexo, bien del Estudio de Impacto Ambiental, bien del Documento Ambiental, un Informe de Afecciones al Patrimonio Cultural.
Cuando sea de aplicación la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental:
- Estudio de Impacto Ambiental cuando corresponda una evaluación de impacto ambiental ordinaria
- Documento Ambiental cuando corresponda una evaluación de impacto ambiental simplificada
Documentación administrativa
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, del representante de la Entidad
- Copia Simple de Poderes Notariales, en caso de representación por poder notarial.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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