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AUTO0235T01 - Admisión de alumnado en escuelas oficiales de idiomas

Útimos días para presentar

Plazos de presentación

Desde
23/09/2025
00:00h
Hasta
29/09/2025
23:59h

Finalidad

Solicitar la admisión en escuelas oficiales de idiomas del Principado de Asturias para cursar enseñanzas de idiomas, en la modalidad presencial.


Quien lo puede presentar

Podrán solicitar la admisión en las escuelas oficiales de idioma, en la modalidad presencial,  quienes tengan 16 años cumplidos en el año en el que comiencen los estudios y mayores de 14 años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto al cursado en la educación secundaria obligatoria (ESO) como primera lengua extranjera. Además se han de cumplir los siguientes requisitos:  

Para acceder al nivel básico A2, disponer de conocimientos previos del idioma acreditando:

  • Haber superado el área de lengua extranjera en el idioma que quiera matricularse del 3er curso de ESO.
  • Haber superado la materia Segunda Lengua Extranjera en el idioma en que quiera matricularse o, en su caso, haber superado la materia Lengua Asturiana y Literatura de 4º ESO.
  • Un nivel de conocimiento de la lengua extranjera que desea cursar o, en su caso, de la lengua asturiana, correspondiente al nivel A1 (como mínimo) en las competencias descritas en el Marco común europeo de referencia para las lenguas y en el Portfolio europeo de lenguas.

Para acceder al segundo curso de nivel intermedio B1:

  • Estar en posesión del certificado académico de nivel básico A2 o certificado de superación de la prueba correspondiente a este nivel.
  • Acreditar que se poseen las competencias descritas en el nivel A2+ en el Marco común europeo de referencia para las lenguas y en el Portfolio europeo de las lenguas. Podrán acreditarse mediante el pasaporte de lenguas Europass.

Para acceder al segundo curso de nivel intermedio B2:

  • Estar en posesión del certificado de nivel intermedio B1 o certificado de superación de la prueba correspondiente a este nivel.
  • Acreditar que se poseen las competencias descritas en el nivel B1. Dichas competencias podrán acreditarse mediante el pasaporte de lenguas Europass.

Para acceder al segundo curso de nivel avanzado C1:

  • Estar en posesión del certificado de nivel Intermedio B2 o certificado de superación de la prueba correspondiente a este nivel.
  • Acreditar que se poseen las competencias descritas en el nivel B2+ del Marco común europeo de referencia para las lenguas y el Portfolio europeo de las lenguas. Dichas competencias podrán acreditarse mediante el pasaporte de lenguas Europass.

Para acceder al curso de nivel avanzado C2:

  • Estar en posesión del certificado de nivel Intermedio C1 o certificado de superación de la prueba correspondiente a este nivel.

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Presentación

Escuelas Oficiales de Idiomas y en los demás lugares de presentación según el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Enseñanzas Profesionales.

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Recursos

Recurso de alzada.

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Normativa básica

NORMATIVA

 

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Información adicional

1.-CALENDARIO DE ACTUACIONES DEL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO, EN LA MODALIDAD PRESENCIAL DE LENGUA ASTURIANA EN LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE OVIEDO, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2025-2026.

LENGUA ASTURIANA A1 - A2 - B1.1 - C1.1

FECHA ACTUACIÓN

  • Del 23 al 29 de septiembre (ambos inclusive). Plazo de presentación de solicitudes.
  • 1 de octubre. Publicación en la Escuela Oficial de Idiomas de las listas provisionales.
  • 1 y 2 de octubre (ambos inclusive). Plazo de presentación de alegaciones a las listas provisionales.
  • 6 de octubre. Publicación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de las listas definitivas.
  • Del 6 al 8 de octubre (ambos inclusive), plazo de matriculación del alumnado.

2.-PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • La solicitud será única para cada idioma que se desee cursar y deberá presentarse en una sola escuela oficial de idiomas.

3.- CERTIFICADOS DE COMPETENCIAS

  • Los certificados acreditativos de haber adquirido las competencias propias de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, y avanzado C1 de las enseñanzas reguladas en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, o equivalentes, o certificado de superación de las pruebas de certificación convocadas por el Principado de Asturias, permitirán el acceso, respectivamente, a las enseñanzas de nivel intermedio B1, intermedio B2, de nivel avanzado C1, y de nivel avanzado C2 del correspondiente idioma, en todo el territorio nacional.
  • En el anexo de la Resolución de 19 de junio de 2019, se establece la relación de certificados oficiales o títulos que acreditan la adquisición de competencias propias de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2 y avanzado C1 otorgados por organismos o instituciones nacionales o extranjeras, que permiten el acceso, respectivamente, a las enseñanzas de nivel intermedio B1, intermedio B2, de nivel avanzado C1 y de nivel avanzado C2 del correspondiente idioma.
  • Las referencias a los niveles de lengua asturiana se corresponden con los regulados en el Decreto 47/2019, de 21 de junio, por el que se establecen los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana y se regula la prueba de certificación correspondiente a dichos niveles adaptados al Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas. Los certificados de los distintos niveles de lengua asturiana tendrán carácter oficial y validez exclusivamente en el ámbito del Principado de Asturias.

4.-CAMBIO DE CURSO

  • Durante el primer mes del curso académico y siempre que la organización del centro y el número de plazas vacantes disponibles lo permitan, el profesorado podrá proponer al alumno o a la alumna de nuevo ingreso el cambio de curso o de nivel, cuando considere que esta medida le vaya a facilitar la progresión de la competencia comunicativa teniendo en cuenta las distintas actividades de lengua.

 

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos que corresponda en cada caso
Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos que corresponda en cada caso
    Documentos justificativos de los criterios de admisión
    • Certificación del Servicio Público de Empleo que justifique si es o no beneficiario de prestaciones por desempleo
    • Certificación de ser beneficiario de ayudas a estudiantes en situaciones económicas de urgente necesidad
    • Certificación emitida por el organismo público competente de reconocimiento del grado de discapacidad
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
    • Certificado de grado de discapacidad.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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    Documentación relacionada

    01. Solicitud normalizada

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    Tramitación

    Tramitación Registro Electrónico

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    Tramitación presencial

    Tramitación presencial

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