Plazos de presentación
La renovación se realizará durante el mes de febrero de cada año.
Finalidad
Renovar anualmente, durante el mes de febrero, el documento de Calificación como Empresa o Taller Artesano.
Quien lo puede presentar
Artesanos que dispongan de la calificación como empresa o taller artesano. lo que supone también estar inscrito en el Registro de Actividades Artesanas del Principado de Asturias (RARTE).
Ir al inicio
Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias, y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ir al inicio
Órgano gestor
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
Ir al inicio
Información adicional
RENOVACIÓN FUERA DE PLAZO
En el caso de que la documentación para la renovación se presente fuera de plazo, el mes de febrero, el interesado perderá su antigüedad en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias.
No obstante, podrá solicitar la renovación en los 11 meses siguientes. Para hacerlo deberá aportar, junto con la documentación anteriormente citada, los recibos que justifiquen el pago a la Seguridad Social, desde el mes de febrero correspondiente hasta el momento en que se aporte la documentación.
PÉRDIDA DE LA CALIFICACIÓN
Transcurrido un año sin haber efectuado la renovación se producirá la pérdida de la calificación artesana y la baja en el RARTE.
Ir al inicio
Documentos a presentar
Documentos requeridos
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar dado de alta en el impuesto de Actividades Económicas (IAE) expedido por la Agencia Estatal de la Aministración Tributaria.
En el caso de las personas físicas:
- Certificación justificativa de estar de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Ir al inicio
Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
Tramitación presencial
Ir al inicio