Finalidad
Solicitar autorización, suspensión o restitución de las visitas a menores en situación de acogimiento familiar o residencial.
Quien lo puede presentar
Familiares o personas conocidas del entorno del menor objeto de la solicitud.
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Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Recursos
Oposición ante la jurisdicción civil (plazo para interponer oposición 2 meses, art. 780 de Ley Enjuiciamiento Civil)
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Información adicional
El trámite de notificación de la Resolución se hará a través de sede electrónica o por correo certificado.
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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