Publicador de contenidos

CERT0058T01 - Certificación acreditativa de consumidor reconocido como experto para el uso de artificios pirotécnicos

Plazos de presentación

Todo el año.


Finalidad

Obtener certificados acreditativos individuales de la formación recibida como integrante de un determinado grupo de consumidores reconocidos como expertos, de conformidad con los dispuesto en el apartado 4 de la Instrucción Técnica Complementaria Número 18 del Reglamento de artículos pirotécnicos y de cartucheria.


Quien lo puede presentar

Entidades formadoras acreditadas (Asociaciones de empresarios, entidades culturales o grupos de consumidores reconocidos como expertos).

Ir al inicio


Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Ir al inicio


Órgano gestor

Servicio de Interior

Ir al inicio


Plazo de resolución

3 meses

Ir al inicio


Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Ir al inicio


Recursos

Recurso potestativo de reposición

Ir al inicio



Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Programa del curso (con el tiempo de impartición desglosado, al menos, en cuanto a formación teórica y práctica).
  • Libro de firmas de asistencia.
  • Libro de calificaciones.
  • Certificación individualizada de la formación recibida por cada alumno emitida por la entidad organizadora de la formación.
En su caso:
  • Autorización/es a menores para recibir la formación como consumidores reconocidos como expertos.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Ir al inicio



Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

Seleccione como desea identificarse:

Ir al inicio



Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Requisitos técnicos

Candados de seguridad

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Registro en área personal

Área Personal

Acceso al área personal mediante un portatil

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Accede