Publicador de contenidos

AUTO0326T02 - Modificación de la calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas de alquiler a venta

Plazos de presentación

Todo el año.


Finalidad

Obtener la autorización para la modificación de la calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas en alquiler a venta.


Quien lo puede presentar

El titular de la correspondiente promoción.

Ir al inicio


Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ir al inicio


Órgano gestor

Servicio de Régimen Legal de la Vivienda

Ir al inicio


Efecto del silencio administrativo

No procede

Ir al inicio


Recursos

Recurso potestativo de reposición.

Ir al inicio



Información adicional

REQUISITOS

  • Las viviendas han de estar calificadas provisional o definitivamente en régimen de alquiler.
  • Las personas compradoras deberán estar inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias.

Los criterios para autorizar las modificaciones se recogen en la Resolución de 18 de marzo de 2015 de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.

PROCEDIMIENTO

  • Se podrá modificar la calificación definitiva de las viviendas protegidas para alquiler, procedentes de promociones de viviendas protegidas, acogidas a financiación de los Planes Estatales de Vivienda, como vivienda protegida en venta.
  • La recalificación no afectará al préstamo convenido otorgado como viviendas protegidas para el alquiler y en ningún caso, supondrá la obtención de nuevas ayudas económicas estatales.
  • Esta recalificación conllevará para las viviendas, la adopción del régimen y condiciones propias de este uso, y para el propietario la interrupción de las ayudas y la devolución parcial de las mismas.
  • La Administración General del Estado solo exigirá la devolución parcial de las ayudas económicas estatales recibidas de conformidad con las siguientes reglas:
    1. Se devolverá la parte proporcional de la subvención recibida correspondiente a los años de calificación en régimen de alquiler, no cumplidos.
    2. Se dejará de percibir la subsidiación al préstamo convenido, desde la fecha de la modificación de la calificación y no procederá devolución alguna de las ayudas estatales de subsidiación al préstamo, recibidas con anterioridad a dicha fecha.
  • Las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, deberán notificar al Ministerio de Fomento en el plazo máximo de 10 días, las modificaciones de calificación permitidas por esta disposición, con mención expresa de la subvención percibida y del plazo en régimen de alquiler no cumplido.

Ir al inicio


Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud normalizada del procedimiento
  • Calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas en régimen de alquiler
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

Ir al inicio


Documentación relacionada

01. Solicitud normalizada

Ir al inicio


Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

Seleccione como desea identificarse:

Ir al inicio



Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Requisitos técnicos

Candados de seguridad

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Registro en área personal

Área Personal

Acceso al área personal mediante un portatil

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Accede