Finalidad
Obtener certificación acreditativa de los datos inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual del Principado de Asturias.
Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Servicio de Telecomunicaciones.
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Información adicional
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se podrán presentar:
- De modo presencial o telemático, si se trata de personas físicas no obligadas a relacionarse por por medios electrónicos con la Administración.
- De modo telemático, si se trata de personas jurídicas, o si se trata de personas físicas obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración.
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Justificante del pago de la tasa.
En caso de actuar por medio de representante:
- Documentación acreditativa de la representación. Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento acreditativo de la identidad de la persona/s firmante/s de la solicitud.
- Documento acreditativo del Número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
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