Para poder acogerse a lo estipulado en él Acuerdo deberán presentarse las solicitudes en los plazos que a continuación se indican:
a) Diez días, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para el personal docente en pago delegado que haya alcanzado el requisito de antigüedad con anterioridad a la publicación de este Acuerdo.
b) Diez días, a contar desde el día siguiente al cumplimiento del requisito de la antigüedad en la empresa, para el profesorado que cumpla dicho requisito después de la publicación de este Acuerdo y durante la vigencia del VII Convenio.
Aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas por extemporáneas.