Finalidad
Comunicar la fusión de las fundaciones, siempre que no lo haya prohibido el fundador, previo acuerdo de los respectivos Patronatos para su aprobación e inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales de Interés General del Principado de Asturias
Quien lo puede presentar
Que la fusión no la haya prohibido el fundador, previo acuerdo de los respectivos patronatos, que se comunicará al protectorado
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Órgano gestor
Servicio de Asuntos Generales
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
Una vez que el Protectorado muestra su no oposición a la fusión pretendida, ésta se elevará a escritura pública, la cual será objeto de inscripción de la fusión en el Registro de Fundaciones Asistenciales, debiendo remitirse:
- Escritura pública del acuerdo de fusión
DATOS DE CONTACTO
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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