Plazos de presentación
4 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio
Finalidad
Legalización de los libros que, obligatoriamente, han de llevar las fundaciones adscritas al Registro de Fundaciones Asistenciales de interés general de Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones Asistenciales de interés general de Principado de Asturias
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Órgano gestor
Servicio de Asuntos Generales
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
Las fundaciones deberán llevar necesariamente los siguientes libros, que deberán ser legalizados por el Protectorado:
- Libro de diario
- Libro de cuentas anuales
- Libro de actas
El Protectorado, si no mediaran defectos, extenderá una diligencia que será notificada telemáticamente a la fundación.
DATOS DE CONTACTO
SERVICIOS RELACIONADOS
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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