Finalidad
Obtener ayudas para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D, por parte de las personas jóvenes residentes en el Principado de Asturias, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en adelante SNGJ, con la finalidad de mejorar su formación, autonomía, movilidad y empleabilidad.
De las diferentes clases de permisos de conducción establecidas en el artículo 4 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, serán subvencionables las siguientes:
a) Clase B: coches y vehículos ligeros. Permisos: B, B+E.
b) Clase C: Camiones. Permisos profesionales: C, C1, C+E, C1+E.
c) Clase D: Autobuses. Permisos profesionales: D, D1, D+E, D1+E.
Quien lo puede presentar
Podrán solicitar subvención las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud:
- Tener la edad mínima exigida para la obtención de los permisos de conducción subvencionados, y no superar la edad máxima que establezca la normativa vigente del SNGJ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, a la fecha la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Estar empadronadas en alguno de los concejos del Principado de Asturias con una antelación mínima de un año a la fecha la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Estar inscritas en el SNGJ en la fecha de publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Haber obtenido el permiso de conducción de las clases indicadas para el que se solicita subvención según los términos previstos en la respectiva convocatoria. Y, en todo caso, a la fecha de publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- En la convocatoria efectuada en 2026 haber obtenido el correspondiente permiso de conducción entre el 15 de julio de 2025 (día siguiente a la fecha de finalización del plazo del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de dicha anualidad) y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de la correspondiente anualidad en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Las personas beneficiarias no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener dicha condición.
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Órgano gestor
Instituto Asturiano de la Juventud.
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Plazo de resolución
6 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, salvo que ésta posponga sus efectos a una fecha posterior.
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Recursos
Potestativo de reposición.
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Información adicional
CÓMO SOLICITAR LA SUBVENCIÓN
Para facilitar los trámites puedes acceder al vídeo de ayuda para solicitar la subvención.
CUANTÍA:
La subvención por persona beneficiara consistirá en una cantidad cierta cuya cuantía vendrá establecida por la correspondiente convocatoria en función de la clase de permiso de conducción B, C o D subvencionado.
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención se entenderá realizada con la presentación de la documentación indicada por la correspondiente convocatoria junto con la correspondiente solicitud de subvención.
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos:
a) En el supuesto de los costes generados por la autoescuela o el centro que emite el informe de aptitud psicofísica, deberán presentar los siguientes justificantes de gasto:
- Factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención del permiso de conducción emitido por una autoescuela ubicada en el Principado de Asturias, conforme a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y en ellas deberá figurar: nombre, razón social y DNI o NIF, de quien emite la factura, IVA repercutido, número, fecha de emisión y de vencimiento, nombre, dirección y NIF de la persona solicitante o, en su caso, beneficiaria, así como su forma de pago. Deberá quedar claramente descrito el servicio prestado. En el caso de los pagos en metálico, la factura deberá indicar expresamente esta circunstancia. Los pagos por medios electrónicos o mediante cheque se acompañarán de comprobante bancario de pago
- En su caso, factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención del informe de aptitud psicofísica en los mismos términos que el párrafo anterior. En el caso de los pagos en metálico, la factura deberá indicar expresamente esta circunstancia. Los pagos por medios electrónicos o mediante cheque se acompañarán de comprobante bancario de pago
- En ambos casos, la acreditación de los gastos incluirá el correspondiente justificante de pago en cualquiera de las modalidades admitidas en Derecho.
b) En el supuesto de gastos relacionados con los costes subvencionables recogidos en la base cuarta, apartado c), relativos al abono de la correspondiente tasa de la Dirección General de Tráfico, DGT, los siguientes justificantes:
- Documento justificativo del pago del coste de la obtención del permiso de conducir en el que se haga referencia a la persona que obtiene el permiso y solicita la subvención.
c) En el supuesto de que no lo hubiese presentado previamente en el Principado de Asturias o si posteriormente a su presentación hubiese modificado sus datos bancarios:
- Fichero de acreedores con sus datos bancarios donde figure su número de cuenta bancaria de la que deberá ser titular o cotitular y según modelo normalizado que podrá obtener en el apartado correspondiente a "documentación relacionada"
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Certificación justificativa de datos de residencia.
- Certificación justificativa de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Informe de vida laboral.
- Certificación justificativa de haber obtenido el correspondiente permiso de conducción.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Documentos aportados:
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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