RRHH0115T01 - Convocatoria extraordinaria para la formación de listas de empleo de personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias
Plazo finalizado
Plazos de presentación
- Desde
-
06/07/2025
00:00h
- Hasta
-
18/07/2025
23:59h
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de los listados facilitados por el SEPEPA con las personas que cumplen los requisitos especificados en los puntos 1 y 2.
Los listados se publicarán en la página web www.asturias.es y en el portal de transparencia.
Finalidad
Creación de listas de empleo para la selección de personal interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Podrán participar todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española, cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa.
2. Estar inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo con los códigos de inscripción que se señalan:
- Para ser nombrado personal interino en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa:
- CNO 37111027 Técnico en Servicios Jurídicos o similar
- Para ser nombrado personal interino en el Cuerpo de Auxilio Judicial:
- CNO 43091010 Alguacil
3. Estar en posesión de la titulación requerida para el acceso al Cuerpo al que optan:
- Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Tramitación Procesal y Administrativa:
- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente.
- Auxilio Judicial:
- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
4. No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
5. No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
6. No estar incurso en causa de incompatibilidad de las señaladas en el artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
7. No haber sido sancionado por falta disciplinaria muy grave en los dos últimos años.
8. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo al que aspiran.
Presentación
Presentación
Efecto del silencio administrativo
No procedeNormativa básica
NORMATIVA
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Resolución de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las normas de gestión de las bolsas de trabajo y la selección, propuesta y nombramiento de los funcionarios interinos de los cuerpos nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias
- Resolución de 26 de julio de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de primera modificación de la Resolución de 26 de noviembre de 2012.
- Resolución de 3 de octubre de 2022 de la Consejería de Presidencia, de segunda modificación de la Resolución de 26 de noviembre de 2012.
- Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Viceconsejería de Justicia,por la que se acuerda solicitar al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias la remisión de listados de personas demandantes de empleo para su selección como personal interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Información adicional
Méritos a valorar:
- Haber superado, al menos, el primer ejercicio de las pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, de alguna de las tres últimas convocatorias con la calificación de apto. Por cada ejercicio superado en el Cuerpo al que aspire a ser incluido en el listado se obtendrán 5 puntos y 2,5 puntos por cada ejercicio superado en un Cuerpo superior o inferior al que aspire.
Las convocatorias de pruebas selectivas a tener en cuenta serán las siguientes:- Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
- Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.
- Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
- Experiencia en el Cuerpo al que aspira, o en otros superiores o inferiores. Por cada mes completo de servicio como personal funcionario interino de la Administración de Justicia en el Cuerpo al que aspire a ser incluido en el listado, 0,10 puntos y 0,05 puntos por cada mes completo de servicio como personal funcionario interino de la Administración de Justicia en un Cuerpo superior o inferior al que aspire.
- Por la posesión de titulación universitaria relacionada con las funciones de los puestos a desempeñar, hasta un máximo de 3 puntos.
Grado o equivalente en Derecho: 3 puntos
Grado o equivalente en Criminología: 1 punto
Grado o equivalente en Relaciones Laborales y Recursos Humanos: 1 punto - Formación y/o práctica en el manejo de medios informáticos: se considerará acreditación suficiente el desempeño durante un mínimo de 2 meses en los últimos tres años, de puestos de personal funcionario interino en alguno de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, en alguno de los Cuerpos en la Administración Pública en los que, para el desempeño de sus funciones básicas, sea preciso el manejo de medios ofimáticos, la superación de pruebas de manejo de medios ofimáticos en procesos selectivos para ingreso en las Administraciones Públicas o la presentación del correspondiente título expedido por un centro de formación. 1 punto.
- En caso de empate tendrá preferencia el aspirante que mayor puntuación tenga en los méritos descritos en el apartado 1. En caso de persistencia de empate tendrá preferencia el aspirante que mayor puntuación sume en los ejercicios aprobados correspondientes a la última convocatoria. Como criterio último de desempate, se observará la prioridad alfabética comenzando por la letra correspondiente a la última oferta de empleo para los cuerpos de la Administración de Justicia.
Documentos a presentar
- Documento acreditativo de la identidad.
- En el caso de que la solicitud sea presentada por persona diferente a la solicitante, poder notarial o cualquier otro documento válido en derecho que acredite dicho hecho.
- DNI o cualquier otro documento que acredite la representación (si procede).
- Fotocopia compulsada de la titulación académica que se posee para poder optar al Cuerpo que se solicite.
- Fotocopia compulsada de las titulaciones que se aleguen a efectos de valoración de méritos.
- Documentación acreditativa de los ejercicios superados de las pruebas selectivas de acceso a los diferentes Cuerpos.
- Documentación acreditativa de los servicios prestados en el Cuerpo al que se aspira o en otros superiores o inferiores. El documento debe reflejar claramente el periodo o periodos de prestación del servicio.
- Documentación acreditativa de la formación y/o experiencia en el manejo de medios informáticos.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".