AUTO0413T01 - Habilitación de entidades de formación de operarios cualificados en instalaciones de protección contra incendios.

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Permitir que las entidades de formación que cumplan los requisitos técnicos exigibles puedan quedar habilitadas, mediante la presentación de declaración responsable, para impartir cursos específicos dirigidos a la cualificación de operarios que realicen la instalación y/o el mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación, control o inspección que correspondan al órgano competente en materia de industria.


Quien lo puede presentar

Empresas o entidades de formación que cumplan:

  • Que los cursos impartidos se ajusten a los temarios, división en módulos, contenidos y pruebas que se indican en el anexo C de la Guía de técnica de aplicación del reglamento de instalaciones de protección contra incendios elaborada por la Dirección General de Industria, y de la Pequeña y Mediana Empresa, en virtud de lo dispuesto en la disposición final tercera del RD 513/2017.
  • Que el centro formativo cumpla con los requisitos de los formadores y los requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento que se indican en el anexo C de la Guía de técnica de aplicación del reglamento de instalaciones de protección contra incendios para los centros que impartan la formación conducente a la obtención de la cualificación como operario para sistemas de protección contra incendios.

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Presentación

Presentación telemática  

  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

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Órgano gestor

Servicio de Política Industrial

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Plazo de resolución

No procede

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Normativa básica

Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

En particular el ANEXO III, donde establece que una de las vías para acceder a la condición de operario cualificado de instalaciones de protección contra incendios el haber realizado, con aprovechamiento, un curso de formación específico sobre las materias para las que acredita su cualificación, impartido por entidades habilitadas por el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma correspondiente

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Información adicional

INFORMACIÓN ADICIONAL

  • La tasa de habilitación de empresas se cargará a posteriori
  • No es necesario resolver no obstante se remitirá un notificación indicando la anotación de la empresa que se practique

SERVICIOS RELACIONADOS  

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

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Documentos a presentar

Documentos requeridos:
  • Declaración responsable
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Acreditación de representación
Otros documentos aportados:
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente.

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Documentación relacionada

01. Solicitud normalizada

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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Tramitación presencial

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