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AYUD0535T02 - Ayuda a la creación de empleo autónomo / asalariado en el medio rural (Tique Rural/ Asalariado)
Plazo abierto
- Plazos de presentación
- Quien lo puede presentar
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Desde
-
22/08/2025
00:00h
- Hasta
-
23/09/2025
23:59h
El plazo de presentación de la solicitud será de un (1) mes a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA. Si durante ese plazo se presentara más de una solicitud sobre la misma actuación, sólo se atenderá a la presentada en el último lugar, quedando anuladas las anteriores. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la presente convocatoria se excluirán del procedimiento de concesión
Quien lo puede presentar
Las beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:
LEADER tique rural: Ser personas físicas menores de 65 años que, en el momento de la solicitud de ayuda (o, en su caso, de la comunicación previa prevista en el anexo VI de las Bases Reguladoras) estén desempleadas y que no hayan estado dadas de alta como autónomas (no computará a estos efectos la figura del familiar colaborador autónomo) en la misma actividad por la que solicita la ayuda en los últimos 3 años y que creen una empresa en la que al menos se genere su propio puesto de trabajo, bajo una de las siguientes formas:
- Empresario/a autónomo/a a título individual.
- Autónomo/a societario/a que se incorpora como socio/a a una cooperativa de trabajo asociado de nueva creación o a una sociedad laboral de nueva creación. Sólo se subvencionará a una persona por cooperativa o sociedad laboral, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convocatoria.
LEADER tique asalariado: No haber tenido personal asalariado por cuenta ajena en los cinco años anteriores a la solicitud de ayuda o, en su caso, a la comunicación previa regulada en el anexo VI de las Bases Reguladoras. Que la persona que se va a contratar se encuentre en situación de desempleo en el momento de la solicitud de la ayuda o, en su caso, a la comunicación previa regulada en el anexo VI de las Bases Reguladoras. Y que la actividad empresarial objeto de la ayuda se desarrolle o vaya a desarrollarse en el ámbito territorial del GAL en el que solicita la ayuda.
Plazo de resolución
De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, las subvenciones serán resueltas y notificadas en el plazo máximo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA, salvo que la misma posponga sus efectos. Si, transcurridos dichos plazos, no se hubiese dictado resolución, la interesada podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la LGS.
Efecto del silencio administrativo
No procedeNormativa básica
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto 71/ 92, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de Subvenciones y demás normativa aplicable.
- El Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PEPAC) del Reino de España 2023-2027, aprobado mediante Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022, para el periodo de programación 2023-2027, y/o en sus sucesivas modificaciones, o el que se encuentre en vigor a fecha de la convocatoria, y su paquete normativo.
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.
- Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban de forma definitiva las estrategias de desarrollo local participativo, elaboradas por los grupos de acción local del Principado de Asturias, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) para el periodo 2023/2027 (BOPA núm. 90 de 09/05/2024).
- Convenios de colaboración, firmados entre el Gobierno del Principado de Asturias y los GAL para la ejecución de la intervención 7119 "LEADER", en el marco del PEPAC 2023-2027.
- Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo LEADER en el Principado de Asturias, para la creación de empleo autónomo en el medio rural (LEADER tique rural) y para la creación de empleo asalariado en el medio rural (LEADER tique asalariado), en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. BOPA 27 de mayo de 2025
- Extracto de la Resolución de 13 de agosto de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria plurianual 2025, en concurrencia competitiva, de las ayudas LEADER tique rural y LEADER tique asalariado, de los grupos de acción local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus estrategias de desarrollo local participativo, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. BOPA 22 de agosto de 2025
Información adicional
Forma, cuantía y compatibilidad de las ayudas
Las ayudas se concederán bajo la forma de subvención, en régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual, que se fija en dos anualidades, 2025 y 2027, y consistirá en un importe a tanto alzado que podrá alcanzar:
- Para la ayuda LEADER tique rural: los 50.000 euros, para la creación de una empresa.
- Para la ayuda LEADER tique asalariado: los 20.000 euros, para la contratación de una persona desempleada.
La cuantía individualizada que corresponda a cada expediente de ayuda se determinará, una vez baremados los expedientes, de acuerdo con los criterios definidos para cada GAL en el Anexo II, según la siguiente tabla:
LEADER tique rural
Puntuación |
Importe |
Hasta 40 puntos |
0€ |
De 41 a 50 puntos |
25.000€ |
De 51 a 60 puntos |
30.000€ |
De 61 a 70 puntos |
35.000€ |
De 71 a 80 puntos |
40.000€ |
De 81 a 90 puntos |
45.000€ |
De 91 a 100 puntos |
50.000€ |
LEADER tique asalariado
Puntuación |
Importe |
Hasta 40 puntos |
0€ |
De 41 a 60 puntos |
10.000€ |
De 61 a 80 puntos |
15.000€ |
De 81 a 100 puntos |
20.000€ |
El importe resultante de este cálculo se trasladará a la propuesta de concesión y se distribuirá en dos anualidades: una primera anualidad por el 70% de dicho importe; y una segunda anualidad por el 30%.
Estos porcentajes podrán modificarse, siguiendo el orden de puntuación de los expedientes, para ajustarlos a las disponibilidades presupuestarias, sin que en ningún caso el importe de la primera anualidad supere el 70%.
Para aquellos expedientes denegados que formen parte de la lista complementaria se respetarán igualmente dichos porcentajes. En todo caso se respetarán los límites establecidos en la normativa comunitaria y en la normativa básica estatal.
Plazo de ejecución y justificación
El plazo de ejecución, justificación y solicitud de pago se fijará en la resolución de concesión atendiendo a la naturaleza del proyecto, estableciéndose con carácter general:
- El 15 de octubre de 2025 para la primera anualidad;
- El 15 de septiembre de 2027 para la segunda anualidad.
Documentos a presentar
- SOLICITUD DE AYUDA: El modelo de solicitud de ayuda figura en esta sede electrónica o la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web.
- Tarjeta de identificación fiscal (NIF) de la persona o entidad solicitante
- Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud
- Tarjeta de identificación fiscal (NIF) de la persona o entidad solicitante
- Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud
- Escritura pública de constitución de la Cooperativa de trabajo asociado e inscripción en el Registro de Cooperativas, o bien Compromiso de Constitución de la misma que se facilitará por el GAL
- Escritura pública de constitución de la Sociedad laboral, Estatutos e inscripción en el Registro de Mercantil, o bien Compromiso de Constitución de la misma que se facilitará por el GAL
- PLAN EMPRESARIAL, según modelo facilitado por el GAL
- DECLARACIONES RESPONSABLES, según modelo que figura en esta sede electrónica
- MEMORIA en donde se justifique la necesidad de contratación y se especifiquen las características del puesto de trabajo que desarrollará la persona a contratar, según modelo facilitado por el GAL
- DECLARACIONES RESPONSABLES, según modelo que figura en esta sede electrónica
- FICHA DE ACREEDOR del Principado de Asturias, en la que se indique el número de la cuenta bancaria del solicitante, en la que se quiere que se realicen los pagos de la subvención, según modelo que figura en esta sede electrónica.
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL
- INFORME DE VIDA LABORAL que acredite la situación del solicitante como desempleada en el momento de solicitud de la ayuda.
- CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS LEGALES DE PAGO. En cumplimiento del requisito previsto en el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificado por el artículo 214 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, para poder obtener la condición de empresa beneficiaria de una subvención, mediante certificado según modelo que figura en esta sede electrónica o Informe de Auditor. Sólo para empresas ya creadas en el momento de la solicitud.
- FICHA DE ACREEDOR del Principado de Asturias, en la que se indique el número de la cuenta bancaria del solicitante, en la que se quiere que se realicen los pagos de la subvención, según modelo que figura en esta sede electrónica.
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL de la empresa
- INFORME DE VIDA LABORAL de la empresa
- SOLICITUD DE AYUDA: El modelo de solicitud de ayuda figura en la sede electrónica o la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web.
- Escritura pública de constitución de la Sociedad y modificaciones posteriores, si las hubiera, inscritas en el Registro Mercantil
- Estatutos vigentes
- Contrato o acuerdo privado de constitución y modificaciones posteriores, si las hubiera
- Documento de identidad (DNI/NIF o NIE) de los socios sólo cuando se haya ejercido el derecho de oposición a la consulta de dicha documentación
- Declaración de representante o apoderado único. Cuando sea distinto del que se indica en los estatutos.
- Declaración expresa de acuerdo de no disolución de la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica o la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web.
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL, para constatar la/s actividad/es.
- INFORME DE VIDA LABORAL o Alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, en razón de la actividad económica correspondiente al plan empresarial.
- JUSTIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE en el caso de existencia de local afecto a la actividad empresarial: ESCRITURA DE PROPIEDAD, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO o cesión, etc. o compromiso, según modelo facilitado por el Grupo
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL
- VIDA LABORAL de la/s persona/s contratada/s, que acredite la situación en desempleo en el momento de realización de la contratación.
- Justificación del alta de la persona contratada en la Seguridad Social
- CONTRATO DE TRABAJO formalizado
- Documentación acreditativa de que la persona contratada cumple con las características del puesto de trabajo previsto.
- Declaración responsable de que entre la persona contratada y la beneficiaria no hay relación de parentesco de primer o segundo grado. Cuando la beneficiaria sea una entidad la declaración deberá referirse al administrador o a quien ostente el control de la empresa y deberá tener en cuenta las empresas vinculadas, según se estable en el punto 3.3 de la base sexta.
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL para constatar la/s actividad/es.
- INFORME DE VIDA LABORAL
- DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA FACTURACIÓN O EL RESULTADO DE EXPLOTACIÓN
- o Documentación presentada en cumplimiento de sus obligaciones fiscales desde el alta censal hasta la fecha de solicitud del pago
- o Contabilidad correspondiente al mismo período anteriormente indicado, para acreditar las obligaciones y requisitos del punto 2.1 y 2.2 de la base sexta (cumplimiento de umbral de facturación/resultado de explotación y requisito de no facturar más del 50% a un único cliente
- LICENCIA DE APERTURA Y/O DE ACTIVIDAD o declaración responsable de desarrollo de la actividad a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda, o documento acreditativo emitido por la autoridad local competente de innecesariedad
- JUSTIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE en el caso de existencia de local afecto a la actividad empresarial: ESCRITURA DE PROPIEDAD, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO o cesión, etc
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica o la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web.
- CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL
- INFORME DE VIDA LABORAL de la empresa, que deberá abarcar el periodo comprendido entre la contratación y la solicitud de pago final
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES SEGURIDAD SOCIAL (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente)
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES AGENCIA TRIBUTARIA (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS (sólo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- Declaración responsable de que entre la persona contratada y la beneficiaria no hay relación de parentesco de primer o segundo grado. Cuando la beneficiaria sea una entidad la declaración deberá referirse al administrador o a quien ostente el control de la empresa y deberá tener en cuenta las empresas vinculadas, según se estable en el punto 3.3 de la base sexta.
Documentación relacionada
02. Solicitud Tique Asalariado
03. Declaración responsable Tique Rural
04. Declaración responsable Tique Asalariado
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Requisitos técnicos
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