AUTO0079T01 - Autorización de aprovechamientos maderables en montes de propiedad particular

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Obtener autorización expresa para la corta de madera en montes y terrenos forestales de propiedad particular para realizar en ellos aprovechamientos maderables o leñosos.

Presentar comunicaciones y declaraciones responsables de aprovechamientos maderables.


Quien lo puede presentar

Titulares de los derechos sobre la madera que se desea aprovechar

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Presentación

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico

  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.

  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

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Órgano gestor

Servicio de Gestión Forestal.

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Plazo de resolución

15 días hábiles

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Recursos

Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.

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Información adicional

  • El plazo máximo para la realización de un aprovechamiento será de 12 MESES, a contar desde la fecha de notificación de la autorización o, en su caso, de presentación de declaración responsable.
  • Si se trata de un aprovechamiento maderable en una superficie de más de 25 hectáreas se debe contar con un Proyecto de Ordenación Forestal.
  • Para poder autorizar cortas de regeneración en montes de frondosa autóctona 10 y 25 ha con más de 50 m3 de madera de aprovechamiento comercial. (art. 36.3 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre de Montes y Ordenación Forestal) será obligatorio contar con Plan Técnico de Gestión Forestal.
  • Para poder autorizar cortas de regeneración en montes de frondosa autóctona de menos de 10 ha y más de 50 m3 de madera de aprovechamiento comercial (art. 36.3 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre de Montes y Ordenación Forestal) será obligatorio contar con Plan Técnico Simplificado por Adhesión.

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Título de propiedad, en caso de ser requerido
  • Acreditación de la representación, en caso de ser necesario.
  • Croquis del área de aprovechamiento si esta no coincide con la totalidad de la parcela (recinto) catastral
  • Recibo de abono de tasas para especies de crecimiento lento
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

Tramitación telemática

Tramitación presencial

Tramitación presencial

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Requisitos técnicos

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