Finalidad
Obtener el reconocimiento y/o equiparación a formación permanente de aquellas actividades realizadas por el profesorado y que no hayan sido reconocidas de oficio.
Quien lo puede presentar
Profesorado y personal técnico docente con destino en centros sostenidos con fondos públicos así como demás personal docente de la Consejería de Educación.
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Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Equidad Educativa
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Recursos
Potestativo de reposición
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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