Finalidad
Obtener el reconocimiento y/o equiparación a formación permanente de aquellas actividades realizadas por el profesorado y que no hayan sido reconocidas de oficio.
Quien lo puede presentar
Profesorado y personal técnico docente con destino en centros sostenidos con fondos públicos así como demás personal docente de la Consejería de Educación.
Ir al inicio
Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Ir al inicio
Órgano gestor
Servicio de Equidad Educativa
Ir al inicio
Recursos
Potestativo de reposición
Ir al inicio
Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
Tramitación presencial
Ir al inicio