Finalidad
Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a fomentar el asociacionismo entre el colectivo de trabajadores autónomos, potenciar el conocimiento del trabajo autónomo por parte de la sociedad, incorporando el valor añadido que el trabajo autónomo supone para el crecimiento, desarrollo y la generación de empleo en el Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Organizaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, ámbito autonómico y suficiente implantación en el Principado de Asturias, que deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar radicada en el Principado de Asturias
- Tener personalidad jurídica y estar inscrita en el registro de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos del Principado de Asturias
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención, así como realizar la actividad subvencionable
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
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Órgano gestor
Dirección General de Empresas, Pymes y Emprendedores.
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Recursos
Potestativo de reposición.
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Información adicional
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PROYECTOS
- Estudios e investigaciones (se centrarán sobre todo):
- En el análisis que permita profundizar y conocer periódicamente la evolución y los cambios del colectivo.
- En el análisis que, desde una perspectiva cualitativa y cuantitativa, aproxime a un mayor y mejor conocimiento de las necesidades y demandas desde una perspectiva global o específica.
- Se podrán elaborar instrumentos o metodologías de investigación innovadoras que faciliten el conocimiento y análisis del trabajo autónomo.
- Acciones de sensibilización e información sobre el trabajo autónomo
- Se realizarán a través de jornadas, encuentros, foros, ferias... Estas acciones irán dirigidas a potenciar un tejido productivo más amplio, diversificado y articulado, un entorno socioeconómico más competitivo, así como a promover la capacidad de innovación y asunción de riesgos necesarios para la creación de proyectos de autoempleo.
- Promoción de la cultura del autoempleo en el marco del sistema educativo
- Mediante proyectos de promoción destinados a alumnos de los ciclos formativos de educación secundaria, formación profesional y formación universitaria, a través de la realización de jornadas, encuentros, ciclos formativos.
- Apoyo a las entidades asociativas, para los gastos generales que haya realizado la organización tendentes a la consecución de los fines que les son propios.
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CUANTÍA
- Para el análisis conocimiento y difusión del autoempleo:
- hasta el 75% del coste de los proyectos, con un límite máximo de 15.000€.
- Para apoyar a las organizaciones que representen a los/as trabajadores/as autónomos/as:
- hasta el 75% de gastos directos y hasta 25% de gastos indirectos, con límite máximo de 30.000€.
GASTOS SUVENCIONABLES
- Para el apoyo a las organizaciones que representen a los/as trabajadores/as autónomos/as:
- Serán subvencionables los gastos relacionados con los fines propios de la entidad y tendrán las siguientes excepciones y limitaciones.
- No serán subvencionables los gastos de personal, ni los gastos de servicios profesionales que pudieran derivarse de la contratación de algún miembro de los órganos de gobierno de la entidad solicitante.
- Para el análisis, conocimiento y difusión del autoempleo:
- Son los gastos realizados que se correspondan con algunas de las partidas que figuran recogidas en el presupuesto de gastos que se acompañe a la solicitud, con las siguientes limitaciones:
- A los gastos de locomoción, alojamiento y manutención les serán de aplicación los límites establecidos para el personal del grupo A2 sobre indemnizaciones por razones de servicio de personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias.
- No serán subvencionables aquellos gastos que, en concepto de prestación de servicios, abone la entidad solicitante a otras entidades asociativas que integre o en las que se encuentre integrada.
4. CÓDIGO DIR
El código DIR del Servicio de Emprendedores es A03028882.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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