AUTO0030T01 - Autorización del uso de la marca "Sidrerías de Asturias, Calidad Natural"

Pendiente de apertura del plazo

Plazos de presentación

Desde
01/03/2026
00:00h
Hasta
31/05/2026
23:59h

Finalidad

Obtener la autorización para el uso de la marca de garantía "Sidrerías de Asturias, Calidad Natural" para sidrerías del Principado de Asturias.


Quien lo puede presentar

Personas físicas o jurídicas titulares de Sidrerías-Restaurante y Sidrerías-Bar que estén inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas. 

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Presentación

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Ordenación, Innovación y Calidad

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Plazo de resolución

3 meses

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos complementarios de entrada
En el caso de que el solicitante no tenga 4 años de antigüedad como titular del establecimiento para el que se solicita el uso de la Marca
  • Acreditar cuatro años de experiencia en el sector de la hostelería asturiana
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Tramitación

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