Finalidad
Obtener la autorización de las permutas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser funcionario de Administración local con habilitación nacional.
- Que las corporaciones locales afectadas estén de acuerdo con la permuta, así como ambos funcionarios.
- Que los funcionarios cuenten con un número de años de servicio que no difiera entre sí en más de 5 años.
- A falta de 10 años o más para la jubilación forzosa.
- Los puestos de trabajo permutables deberán ser de igual naturaleza y con idéntica forma de provisión.
- No jubilarse de forma voluntaria en los 2 años siguientes.
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Presentación
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquier de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Servicio de Relaciones con las Entidades Locales
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
AUTORIZACIÓN DE OTRAS PERMUTAS
Transcurridos 10 años a partir de la permuta no podrá autorizarse otra a cualquiera de los funcionarios afectados.
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
Tramitación presencial
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