Finalidad
Interponer recursos o reclamaciones contra las decisiones de las comisiones electorales federativas
Quien lo puede presentar
Cualquier ciudadano, el Presidente de un club deportivo, deportistas federados, jueces, árbitros y entrenadores con licencias federativas
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Presentación
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
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Órgano gestor
Servicio de Planificación y Promoción del Deporte
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
La Junta Electoral Autonómica se encarga de resolver los recursos y las reclamaciones que se interponen contra las decisiones de las comisiones electorales federativas, en el seno de los procedimientos electorales que se llevan a cabo en las federaciones deportivas del Principado de Asturias, de forma general, cada cuatro años y de forma específica, siempre que surja la necesidad, según las circunstancias que se puedan producir en cada federación deportiva
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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