Plazos de presentación
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Desde
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26/05/2026
00:00h
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Hasta
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15/06/2026
23:59h
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
Finalidad
Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas por parte de las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias para fomentar la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) y producidos en las huertas y granjas asturianas.
Quien lo puede presentar
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades asociativas de productores ecológicos, con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica propia y estén legalmente constituidas en el momento de la solicitud de la ayuda bajo alguna de las siguientes fórmulas jurídicas: Cooperativas de primer o ulterior grado, uniones de cooperativas, SAT.
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Desarrollo Rural.
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y están sujetas al REGLAMENTO (UE) Nº 2023/2831 DE LA COMISIÓN de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN
Tendrán validez como documentos justificativos de las actividades subvencionadas para la presente convocatoria, aquellos que se correspondan con gastos subvencionables efectuados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación, 15 de octubre de 2026.
El plazo para la presentación de toda la documentación justificativa de la inversión, finaliza el día 15 de octubre de 2026.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado.
- Acta de constitución, salvo que ya obre en poder de la Consejería Medio Rural y Cohesión Territorial.
- Estatutos originales y las modificaciones de los mismos, salvo que ya obren en poder de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
- Certificación del acta de la reunión que acredite fehacientemente que el órgano de gobierno de la entidad ha tomado el acuerdo de solicitar la ayuda
- Acreditación del poder de representación de la persona solicitante.
- Relación de socios ecológicos de la entidad con indicación de las superficies de cada cultivo o el código CEA.
- Contratos de trabajo o contrato de prestación de servicios del personal de comercialización.
- Memoria.
- Ficha de acreedor
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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