Finalidad
Comunicar el inicio de actividad como organismo de control en materia de seguridad industrial, en el ámbito del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial y obtener la inscripción en el Registro Integrado Industrial.
Quien lo puede presentar
Personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Disponer previamente de acreditación como organismo de control realizada por una entidad de acreditación.
- Cumplir los pertinentes requisitos exigidos en el artículo 41 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, tras su modificación realizada por el Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre.
- Disponer de un seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubra su responsabilidad civil por una cuantía mínima, por siniestro, de 1.200.000€, sin que dicha cuantía limite esta responsabilidad, comprometiéndose a mantener esa garantía durante la vigencia de la actividad y a facilitar la información necesaria a la autoridad competente para el control de la actividad.
- Los organismos de control sin establecimiento en España que vayan a prestar sus servicios como consecuencia de reglamentación no armonizada a nivel europeo y que hayan sido legalmente habilitados como tales en otro Estado miembro de la Unión Europea, deben presentar una declaración responsable ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde vayan a iniciar su actividad en relación con:
- Ámbito de actividades para el que ha sido habilitado en el Estado miembro en el que está establecido.
- Cumplimiento de los requisitos de competencia técnica, e imparcialidad establecidos en el artículo 41.
- Disponibilidad del seguro, aval o garantía financiera equivalente establecida en este artículo.
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Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Servicio de Política Industrial
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Recursos
Potestativo de reposición o Contencioso administrativo.
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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