AYUD0007T03 - Ayudas asociadas en el marco de la PAC para los ganaderos extensivos de vacuno de carne
Plazu zarráu
Plazos de presentación
- Desde
-
17/03/2026
00:00h
- Hasta
-
15/05/2026
23:59h
Finalidad
Obtener ayudas destinadas a garantizar la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones de vacuno de carne, reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva y conservar los recursos genéticos y mantener la biodiversidad ganadera.
Quien lo puede presentar
Titulares de explotaciones de vacuno de carne extensivo, que cumplan los siguientes requisitos:
- Beneficiarios:
- Ganaderos que cumplen la condición de agricultor activo, con explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) del tipo "Producción y reproducción" o tipo "Pasto".
- Explotación:
- Las explotaciones elegibles estarán inscritas en REGA con el tipo de explotación "Producción y reproducción", con una clasificación zootécnica de "producción carne" o "producción mixta" o "recría de novillas" y sistema productivo "extensivo" o "semiextensivo", si cuentan con entregas de leche, o con el tipo "Pasto".
- La titularidad de la explotación debe mantenerse durante las fechas en las que se determine la elegibilidad de los animales y, en todo caso, hasta la fecha fin de modificación de la solicitud única. No obstante, se exceptúa de la condición de mantener los animales durante las fechas en las que se determina la elegibilidad de los mismos, los casos de jóvenes y/o nuevos ganaderos que comienzan su actividad agraria y los casos de cambios de titularidad que hayan tenido lugar antes de la fecha fin de modificación de la solicitud única.
- Animales:
- Serán animales elegibles las vacas nodrizas inscritas correctamente en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA), que pertenezcan a un morfotipo cárnico o cruce con uno de estos morfotipos y hayan parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de la solicitud.
- Igualmente serán elegibles las novillas que tengan entre 8 y 36 meses de edad a fecha 1 de enero del año de la solicitud, que cumplan con todas las condiciones de vaca nodriza, a excepción de la de haber parido. El número máximo de novillas con derecho a cobro no podrá ser superior al 15% de vacas elegibles.
- Los animales con derecho a pago deberán estar presentes en la explotación del beneficiario a fecha 1 de enero, 1 de marzo y 30 de abril. No obstante, en el caso de jóvenes ganaderos y nuevos ganaderos que comienzan su actividad, y siendo la solicitud en curso aquella que se solicita por primera vez alguna ayuda asociada a la ganadería, los animales elegibles serán los presentes en la explotación a 30 de abril.
- Los animales que presenten movimientos temporales, a pastos, ferias y mercados, entre el 1 de enero y el 30 de abril no se tendrán en cuenta y contaran como animales no declarados si no están comunicados dentro del plazo de 5 días hábiles posteriores tras el plazo máximo de 7 días establecidos por la normativa específica.
- Cuando en la explotación se venda leche, para determinar el número de animales con derecho a esta ayuda, la pertenencia de los animales al censo de vacas lecheras o al censo de vacas nodrizas se establecerá mediante la relación entre la cantidad de leche comercializada entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de setiembre del año de la solicitud y el rendimiento medio establecido para España en 6.500kg. No obstante, si el agricultor acredita un rendimiento lechero mayor, podrá utilizarse este último para el cálculo.
- Los animales elegibles inscritos en libros genealógicos de raza autóctona a 1 de enero del año de la solicitud recibirán un apoyo adicional.
- Ningún animal podrá recibir más de una ayuda asociada.
Presentación
La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.
Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria.
En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.
Plazo de resolución
Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.
- Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
- Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
- Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
- Real Decreto 408/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
- Resolución de 7 de abril de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de las Intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las Intervenciones de Desarrollo Rural dentro del Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC) contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027
- Extracto de la Resolución de 9 de marzo de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se convocan las ayudas de las Intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y de las Intervenciones de Desarrollo Rural dentro del Sistema Integrado de .Gestión y Control (SIGC) contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, campaña 2026. Ayudas directas PAC 2026 BOPA 16 de marzo de 2026.
- Extracto de la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que amplía el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2026, establecido en la Resolución de 9 de marzo de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a los pagos directos a la agricultura y la ganadería PAC 2026
Información adicional
- La ayuda adoptará la forma de un pago anual por animal elegible.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
Información adicional
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónicaDocumentos a presentar
- Solicitud única en modelo normalizado.
- Documento acreditativo de la representación. Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta.
- Documento acreditativo de la autorización.
- NIF de la persona autorizada.
- Ficha de acreedores.
- Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Estatutos.
- Escritura pública de constitución de la sociedad.
- Impuesto de sociedades.
- Certificado oficial sobre rendimiento lechero expedido por la autoridad competente (ASCOL).
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
- Tarjeta de identificación fiscal, cuando la persona jurídica o entidad sin personalidad solicite por primera vez.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Tramitación telemática
Tramitación presencial
Tramitación presencial