Plazos de presentación
Hasta el 31 de enero del año siguiente al que se le concede la correspondiente subvención nominativa.
Finalidad
Justificar las ayudas nominativas concedidas para acciones de promoción y prestación de servicios a la juventud.
Quien lo puede presentar
Cualquiera de las entidades beneficiarias de una subvención nominativa en materia de juventud en aplicación de lo previsto en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Instituto Asturiano de la Juventud
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Plazo de resolución
El plazo de comprobación de la documentación justificativa es de 4 años a computar desde el momento en que finalice el plazo para presentar la justificación.
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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