AYUD0227T03 - Subvenciones a ayuntamientos costes salariales personal técnico en gestión de desarrollo local - Convocatoria 2026-2027
Útimos días para presentar
- Plazos de presentación
- Finalidad
- Quien lo puede presentar
- Presentación
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Desde
-
05/05/2026
00:00h
- Hasta
-
18/05/2026
23:59h
El plazo de presentación de solicitudes de subvención es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Finalidad
Financiar los costes salariales de personal técnico en gestión de desarrollo local de ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos solicitantes.
Quien lo puede presentar
Entidades locales que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Ayuntamientos en los que concurran las siguientes circunstancias:
- Que el territorio tenga una media de paro registrado de enero a diciembre, en el año anterior al de la publicación de esta Convocatoria de subvenciones, superior a 550 trabajadores.
- Que la población del territorio sea superior a 8.000 habitantes, según las cifras resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2025 y declaradas oficiales por el Real Decreto 1117/2025, de 3 de diciembre.
2.- Agrupaciones de ayuntamientos sin personalidad jurídica en las que concurra, al menos, una de las circunstancias señaladas en el punto anterior siempre que cumplan los requisitos establecidos en la base reguladora 3.b):
- Declarar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de sus miembros, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos
- Designar un representante único entre sus miembros con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación
No podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónicode esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Efecto del silencio administrativo
No procedeNormativa básica
NORMATIVA
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. BOE 1 de marzo de 2023
- Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
- Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del servicio público de empleo. BOPA 18 de julio de 2005. Rectificación de errores, BOPA 29 de julio de 2005
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de Asturias. BOPA 15 de marzo de 1995
- Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de convocatoria pública. BOPA 24 de octubre de 2005. Rectificación de errores, BOPA 10 de noviembre de 2005
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés del Principado de Asturias.
- Acuerdo de 22 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de medidas antifraude de la Administración del Principado de Asturias y su sector Público, modificado por Acuerdo de 20 de mayo de 2022, Acuerdo de 2 de junio de 2023 y Acuerdo de 17 de mayo de 2024.
- Ley del Principado de Asturias 8/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2025.
- Resolución de 10 de julio de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a la financiación de los costes salariales de personal técnico en gestión de desarrollo local.
- Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2026, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la Convocatoria 2026 de concesión de subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias con destino a financiar los costes salariales de personal técnico en gestión de desarrollo local.
Información adicional
REQUISITOS DEL PERSONAL TÉCNICO EN GESTIÓN DE DESARROLLO LOCAL
El personal técnico en gestión de desarrollo local deberá:
- Ser titulado universitario de grado o titulación equivalente.
- Su formación deberá ser adecuada para realizar las funciones descritas en las bases reguladoras.
FUNCIONES DEL PERSONAL TÉCNICO EN GESTIÓN DE DESARROLLO LOCAL:
- Impulsar las potencialidades de desarrollo y empleo.
- Planificación estratégica en el ámbito del empleo y el desarrollo económico local.
- Fomentar la inserción laboral de las personas participantes en los servicios y programas de activación para el empleo que se desarrollen en un ámbito territorial concreto.
COFINANCIACIÓN
Estas subvenciones están cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por el Servicio Público de Empleo Estatal
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se subvencionan los costes salariales que se devenguen entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027 por el personal técnico en gestión de desarrollo local de las entidades beneficiarias.
CUANTÍA
- La cuantía de la subvención a conceder será la resultante de aplicar los criterios de reparto establecidos en la base reguladora octava, a cuyo efecto el importe de subvención mínima es de 33.250 euros y el máximo de 133.000 euros, referidos ambos a cada beneficiario.
- La subvención máxima por contrato de un año de duración a jornada completa será de 33.250 euros prorrateables en función de la duración y jornada efectiva del mismo.
PAGO
- Primer anticipo: previa presentación para su abono de la documentación exigida dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la Resolución de concesión.
- Segundo anticipo: previa presentación de la documentación exigida. El plazo finaliza el 7 de mayo de 2027.
JUSTIFICACIÓN
El plazo para la presentación de la documentación justificativa finaliza el día 13 de agosto de 2027.
EXCLUSIONES
No podrán obtener la condición de beneficiario quienes incurran en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.
FICHA DE ACREEDORES
- La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
SERVICIOS RELACIONADOS
Documentos a presentar
- Solicitud de subvención en modelo normalizado
- Informe de la Intervención municipal relativo a la financiación del proyecto, en modelo normalizado
- Acreditación de la capacidad de representación del representante del ayuntamiento solicitante, en caso de ser distinto al alcalde
- Modelo normalizado de cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 11.3 de la Ley General de subvenciones, firmado por todos los representantes legales de los ayuntamientos integrados en la agrupación solicitante, así como de autorización expresa conjunta al Principado de Asturias para la consulta de la información relativa a la identidad del solicitante y de su representante y de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no es deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas o exigibles
- Ficha de acreedores (exclusivamente si hubiera modificación de los datos facilitados).
- Solicitud de abono primer anticipo
- Plan de trabajo a desarrollar por el personal técnico contratado en el que figurará necesariamente un apartado sobre perspectiva de género. Se facilita modelo orientativo.
- En caso de agrupaciones, Declaraciones responsables de todos y cada uno de los ayuntamientos del cumplimiento de lo indicado en el art. 13 de la LGS.Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
- Excel de personas contratadas. Hoja "Excel Relación técnicos 26-27"
- Declaración responsable de las personas contratadas
- Copia del título de la titulación indicada en la declaración responsable
- Solicitud de abono segundo anticipo
- Justificación del coste salarial subvencionable total devengado hasta la fecha de solicitud del segundo pago, según modelo normalizado, hoja Excel "Sol 2º pago 26-27"
- Documento gráfico que acredite el estar dando cumplimiento a la obligación de dar publicidad de la financiación de las fuentes de financiación o cofinanciación establecidas (SEPE y SEPEPA).
- En el caso de nuevas incorporaciones de personal técnico, acreditación de que se ha dado adecuada publicidad a los procesos selectivos
- En caso de agrupaciones, declaraciones responsables de todos y cada uno de los ayuntamientos del cumplimiento de lo indicado en el art. 13 de la LGS.
- Comunicación de justificación final
- Anexo-Certificación emitido por la Secretaría municipal en modelo normalizado, hoja Excel "Just cert Sec 26-27"
- Informe de la Intervención municipal relativo a la no percepción por el ayuntamiento beneficiario de otros ingresos o subvenciones obtenidas para la misma finalidad, o en su caso, informe positivo sobre dichos extremos
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
Documentación relacionada
02. Cumplimiento artículo 11.3 LGS - Agrupaciones
03. Informe de Intervención Municipal - Anexo II - ISF
04. Solicitud abono primer anticipo
05. Declaración responsable y acuerdo ayuntamientos
06. Modelo orientativo memoria plan de trabajo
07. Excel PTGDL convocatoria 2026-2027
08. Declaración responsable persona trabajadora
09. Solicitud abono segundo anticipo
10. Informe Intervención Municipal otras ayudas
11. Comunicación justificación final subvención
12. Cronograma de entrega de documentación
13. Cartel informativo de cofinanciación
14. Datos de paro y población PTGDL 2026-2027