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AYUD0499T01 - Subvención destinada a aspirantes en la preparación de pruebas selectivas destinadas al acceso al empleo público en la Administración del Principado de Asturias
Plazu abiertu
- Plazos de presentación
- Finalidad
- Quien lo puede presentar
- Presentación
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Desde
-
25/09/2025
00:00h
- Hasta
-
09/10/2025
23:59h
Finalidad
- Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la reposición de efectivos correspondiente al ejercicio 2022 (BOPA nº 249, de 30 de diciembre de 2022).
- Acuerdo de 22 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2023 (BOPA nº 247, de 28 de diciembre de 2023).
- Acuerdo de 27 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2024 (BOPA núm. 252 de 31 de diciembre de 2024).
Quien lo puede presentar
Personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Reunir los requisitos exigidos en la convocatoria de acceso al cuerpo, escala y/o categoría que se haya incluido en la convocatoria de subvenciones, en materia de nacionalidad, edad, capacidad funcional, ausencia de inhabilitación por razones disciplinarias o penales, titulación y, además, en el caso de los aspirantes de promoción interna, antigüedad exigible. En el caso de que el proceso selectivo aún no se haya convocado, los requisitos estarán referidos a la última convocatoria anterior a la de la subvención
- Estar empadronado en alguno de los concejos de Asturias con, al menos, un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Preparar la oposición bajo la dirección de un centro especializado, o de uno o varios preparadores durante el plazo que determine la convocatoria.
- No haber sido beneficiario de esta subvención más de dos veces en convocatorias anteriores.
- Haber obtenido al menos 30 puntos en el criterio de valoración del menor nivel de renta familiar.
- Haber justificado las subvenciones concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
- Estar al corriente de sus obligaciones con la AEAT, Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias.
Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de resolución
6 meses, en todo caso, la resolución se dictará dentro del correspondiente ejercicio presupuestario.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 25 de julio de 2006.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE 2 de octubre de 2015.
- Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración.
- Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Resolución de 9 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para promover el acceso al empleo público en el marco de la ejecución de la Oferta de Empleo de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos
- Extracto de la resolución de 20 de agosto de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para promover el acceso al empleo público en el marco de la ejecución de la oferta de empleo público de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos 2025
Información adicional
Cuerpos y escalas de funcionarios que son objeto de subvención en el año 2025:
- Cuerpo Superior de Administración/Cuerpo Superior de Administradores.
- Cuerpo de Gestión.
- Cuerpo Superior de Hacienda /Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Administradores de Finanzas.
- Cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Archivos, Bibliotecas y Museos.
- Cuerpo de Arquitectura/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Arquitectos.
- Cuerpo de Ciencias Ambientales/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escalas de Biólogos, Geólogos y Químicos que realicen las funciones especificadas en la disposición adicional tercera en relación con el Cuerpo de Ciencias Ambientales.
- Cuerpo de Farmacia/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Farmacéuticos.
- Cuerpo de Psicología/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Psicólogos.
- Cuerpo de Veterinaria/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Veterinarios.
- Cuerpo de Medicina/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Médicos.
- Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Inspectores de Prestaciones Sanitarias con licenciatura o grado en Medicina.
- Cuerpo de Inspección de Prestaciones Farmacéuticas/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Inspectores de Prestaciones Sanitarias con licenciatura o grado en Farmacia.
- Cuerpo Técnico Superior de Laboratorio/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escalas de Biólogos y Químicos que realicen las funciones especificadas en la disposición adicional tercera en relación con el Cuerpo Técnico Superior de Laboratorio.
- Cuerpo de Ingeniería, Escala de Ingeniería Agronómica/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Ingenieros Superiores Agrónomos.
- Cuerpo de Ingeniería, Escala de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Ingenieros Superiores de Caminos, Canales y Puertos.
- Cuerpo de Ingeniería, Escala de Ingeniería Industrial/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Ingenieros Superiores Industriales.
- Cuerpo de Ingeniería, Escala de Ingeniería de Minas/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Ingenieros Superiores de Minas.
- Cuerpo de Ingeniería, Escala de Ingeniería de Montes/Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Ingenieros Superiores de Montes.
- Cuerpo de Gestión de Hacienda/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Gestión de Finanzas.
- Cuerpo de Subinspección de Prestaciones Sanitarias/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Subinspectores de Prestaciones Sanitarias.
- Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
- Cuerpo de Enfermería/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Enfermeros.
- Cuerpo de Arquitectura Técnica/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Arquitectos Técnicos.
- Cuerpo de Ingeniería Técnica, Escala de Ingeniería Técnica Agrícola/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos Agrícolas.
- Cuerpo de Ingeniería técnica, Escala de Ingeniería Técnica Industrial/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos Industriales.
- Cuerpo de Ingeniería técnica, Escala de Ingeniería Técnica de Minas/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos de Minas.
- Cuerpo de Ingeniería técnica, Escala de Ingeniería Técnica Forestal/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos de Montes.
- Cuerpo de Ingeniería técnica, Escala de Ingeniería Técnica de Obras Públicas/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
- Cuerpo de Ingeniería Técnica Topográfica/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Ingenieros Técnicos Topógrafos.
- Cuerpo de Trabajo Social/Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Escala de Asistentes Sociales.
- Cuerpo de Ingeniería/Escala de Ingeniería Informática.
- Cuerpo de Ingeniería/Escala de Ingeniería de Telecomunicaciones.
- Cuerpo de Educación Social
- Cuerpo de Ingeniería Técnica/Escala de Ingeniería Técnica Informática
- Cuerpo de Ingeniería Técnica/Escala de Ingeniería Técnica de Telecomunicaciones
- Cuerpo Superior de Investigación
- Cuerpo Técnico Superior de Emergencias y Protección Civil/Escala de Inspección
- Cuerpo de Gestión de Documentación
- Cuerpo Técnico Medio de Emergencias y Protección Civil/Escala de Coordinación y Protección Civil
- Cuerpo Técnico Medio de Emergencias y Protección Civil/Escala de Oficiales.
1. Período de preparación objeto de la subvención
Entre el 2 de octubre de 2024 y el 1 de octubre de 2025.
2. Gastos subvencionables
- Honorarios o coste del centro especializado y/o del preparador o preparadores utilizados para la preparación de las pruebas selectivas de acceso a los cuerpos, escalas y/o categorías de la oferta de empleo público de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, que se determinen en la convocatoria.
- Coste de los materiales de estudio para la preparación de las pruebas selectivas indicadas en la convocatoria. Por materiales de estudio se entienden los temarios, códigos o libros cuyo contenido esté directamente relacionado con el último programa del proceso selectivo correspondiente.
- Gastos de alquiler de la vivienda, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a. El solicitante será titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda, en los términos de la normativa en materia de arrendamientos urbanos, o de un contrato de cesión de uso o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación. En ningún caso se admitirán los subarriendos parciales de vivienda.
b. La vivienda o habitación constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el período por el que se solicita la ayuda.
c. El gasto máximo subvencionable no podrá ser superior a la cantidad resultante de la suma de los gastos de honorarios de preparador y de los gastos de coste de materiales.
3. Criterios de valoración
- El menor nivel de renta familiar: hasta 60 puntos.
- El número de ejercicios superados del proceso selectivo del cuerpo, escala o categoría correspondiente en la última convocatoria celebrada: hasta 10 puntos.
- La nota media del expediente académico de la titulación oficial necesaria para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente: hasta 10 puntos.
- Las circunstancias personales, familiares y sociales, hasta 20 puntos.
4. Justificación de la subvención
Presentación de la Memoria de actuación y económica justificativa de la preparación del proceso selectivo (según modelo normalizado disponible en esta ficha de información pública), así como la copia de las facturas del gasto y de los justificantes de los pagos realizados. Deberán presentarse en el momento de presentar la solicitud de subvención.
5. Obligaciones de los beneficiarios
Las obligaciones de las personas beneficiarias serán las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En todo caso deberán:
- Realizar en su totalidad la actuación o cumplir el fin o propósito que fundamenta la concesión de la subvención o ayuda. En el marco de lo previsto en este apartado, se incluye la obligación de presentarse al proceso selectivo para cuya preparación se haya obtenido subvención.
- Acreditar ante el órgano concedente la realización de la actuación o el cumplimiento del fin o propósito.
- Cumplir las condiciones que se determinen en las correspondientes bases reguladoras y en la convocatoria de concesión de la subvención o ayuda.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- Reintegrar el importe que proceda, en su caso, por las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
FICHA DE ACREEDORES
- La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
SERVICIOS RELACIONADOS
Documentos a presentar
- Certificado académico personal expedido por la entidad académica correspondiente expresivo de la nota media otorgada de la titulación necesaria para el acceso al cuerpo, escala o categoría cuya preparación del proceso selectivo es objeto de la subvención.
- Fichero de acreedores
- Memoria de actuación y económica justificativa de la preparación del proceso selectivo, con indicación de las acciones concretas realizadas, resultados obtenidos en su caso, y gasto realizado
- Copias de las facturas aportadas junto con la memoria
- Autorización de los miembros de la unidad familiar para la consulta de los datos de la renta de las personas físicas
- Copia de justificantes de pago
- La documentación que acredite la situación de violencia de género o de violencia sexual mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género o delito contra la libertad e indemnidad sexuales, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos, como es el caso del modelo común para la acreditación de la situación de violencia de género.
- La documentación que acredite la situación de víctima del terrorismo mediante certificado expedido por el Ministerio del Interior.
- La documentación que acredite la situación de tutela mediante certificado de la entidad pública en la que se haya ejercido dicha tutela.
- En el caso de que la convocatoria incluya otras situaciones personales, familiares o sociales susceptibles de valoración, se precisará la documentación necesaria para su acreditación.
- Contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o de arrendamiento o cesión de uso de habitación
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a aportar cualquier otro documento que estimen conveniente.
Documentación relacionada
02. Autorizacion miembros unidad familiar
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Requisitos técnicos
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
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