AYUD0515T01 - Subvención al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad y a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias
Plazu abiertu
- Plazos de presentación
- Finalidad
- Quien lo puede presentar
- Presentación
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Desde
-
13/01/2026
00:00h
- Hasta
-
01/09/2026
23:59h
- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad
- Coste salarial de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
Finalidad
Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar los costes salariales devengados por la plantilla de las personas trabajadoras con discapacidad y a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo en sus centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias calificados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales del Principado de Asturias a fecha de solicitud.
Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Plazo de resolución
Seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución por la que se convoquen las ayudas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. BOE 29 de septiembre de 2021
- Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo. BOE 22 de abril de 2006
- Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad y a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias
- Extracto de la Resolución del 10 septiembre del 2025, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al coste salarial de las personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias y a sus Unidades de Apoyo 2025-2026: Subvenciones al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
- Extracto de la Resolución del 10 de septiembre del 2025, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al coste salarial de las personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias y a sus Unidades de Apoyo 2025-2026: Subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
- Extracto de la Resolución del 10 de septiembre del 2025, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al coste salarial de las personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias y a sus Unidades de Apoyo 2025-2026: Subvenciones adicionales al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Información adicional
INFORMACIÓN ADICIONAL
COSTES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: hasta el 50% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable
- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe adicional 10%: hasta el 10% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable.
- Coste salarial del personal especializado de las unidades de apoyo de la actividad profesional entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: 1440€ por cada persona usuaria final de los servicios de la unidad de apoyo
La información de este apartado se incorporará una vez se dicte la resolución de concesión de la subvención.
FICHA DE ACREEDOR
- La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
SERVICIOS RELACIONADOS
Documentos a presentar
- Solicitud de subvención en modelo normalizado, correctamente cumplimentada y firmada por el representante legal (incluye varas declaraciones responsables)
- Documento acreditativo de representación de la persona firmante de la solicitud.
- Relación de personas trabajadoras por las que se solicita subvención, en situación de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2025, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la modelo establecido en formato Excel para cada uno de las modalidades de ayuda
- Ficha de acreedores debidamente cumplimentado (si desea cambiar el existente o es la primera vez que solicita las ayudas).
- Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública
- Proyecto de servicio de acompañamiento que deberá forzosamente incluir un estudio previo de la realidad, objetivos generales, objetivos específicos, actividades concretas, sistema de evaluación continua y recursos humanos, materiales y económicos de los que dispondrá la Unidad.
- Autorización en favor del Principado de Asturias, firmada por las personas trabajadoras con discapacidad y/o por las personas contratadas que forme parte de la Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional del Centro Especial de Empleo, cuyo contrato de trabajo sea objeto de subvención para la de consulta datos de carácter personal que figuran en el modelo normalizado.
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, mediante alguno de los métodos de prueba previstos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004.
- Solicitud de abono anticipado
- Acreditación del depósito de garantía constituida de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto Resolución de 11 de febrero de 2.000
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
- Fotografía del cartel instalado en un lugar visible en las instalaciones de la empresa afectadas, conforme al modelo Cartel PUBLICIDAD
- En el caso de que la empresa de inserción cuente con página web, capturas de pantalla la página del sitio web de la empresa donde se haya efectuado la difusión, se recomienda incluir en las capturas de pantalla las URL de las páginas web afectadas
- En su caso, documento que permita verificar de forma fehaciente la inclusión de los correspondientes logos y emblemas en los soportes publicitarios o promocionales que formen parte del proyecto subvencionado o utilizados para su difusión.
- La comunicación informativa por parte de la empresa del carácter subvencionado de los costes salariales a las personas trabajadoras en riesgo o situación de exclusión social que forman parte de su plantilla, se tendrá por acreditada con presentación de la declaración responsable incluida en el modelo Autorización Trabajador.
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- En caso de haberse producido el pago anticipado de la subvención, deberá aportarse la carta de pago de reintegro si hubiera remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
- Solicitud de justificación mensual coste salarial según modelo establecido
- Relación de personas trabajadoras con discapacidad por los que se justifica la subvención, ordenada alfabéticamente por apellidos, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria
- Documentos RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores) de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al mes que se justifica
- Nómina de las personas cuyo coste salarial es objeto de subvención donde consten todos los haberes (salario base, complementos) devengados a su favor y los correspondientes descuentos (retenciones fiscales, seguridad social a cargo de las personas trabajadoras, devolución de anticipos, etc.) que determinan el importe líquido a percibir por estas personas.
- Certificado emitido por la entidad bancaria o, en su defecto, documento justificativo de la operación sellado por la misma que acredite la realización de las transferencias efectuadas por el Centro Especial de Empleo a cada persona trabajadora objeto de subvención en concepto de abono de sus devengos mensuales. La relación de personas trabajadoras deberá estar ordenada alfabéticamente por apellidos y el importe que conste en el documento expedido por la entidad bancaria deberá coincidir con el importe líquido de la nómina que se justifica.
- Copia del contrato de trabajo, firmado por empresa y persona trabajadora, comunicado al Servicio Público de Empleo
- Informe de plantilla media de personas trabajadoras de alta expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de los doce meses anteriores y del mes de contrato objeto de justificación, de todas las cuentas de cotización de la empresa en los centros de trabajo radicados en Asturias. En caso de que no haya incremento de plantilla, deberá acreditar el carácter de los despidos y bajas producidas en el Centro durante el período correspondiente, aportando para ello las cartas de cese.
- Informe médico emitido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa, que acredite la compatibilidad de la condición de la persona que vaya a ser contratada con el puesto a desempeñar. Se exceptuarán de este requisito las relaciones laborales que se hayan iniciado a través de la subrogación de contratos de personas trabajadoras procedentes de otro Centro Especial de Empleo radicado en Asturias siempre y cuando conste la existencia de un informe favorable emitido al inicio de la relación laboral con la empresa cedente
- Autorización firmada por la persona trabajadora para que esta Administración pueda consultar los datos de identidad (DNI/NIE) y vida laboral en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso. En caso de no aportar dicha autorización deberán acompañar: Copia del DNI o NIE de la persona trabajadora; Copia de la certificación de que la persona trabajadora tiene la consideración de persona con discapacidad o presente la condición de pensionista de acuerdo con lo especificado en la base segunda de las reguladoras. Deberá incluir la información del tipo y grado de discapacidad; Original o copia compulsada del documento de alta en la Seguridad Social del la persona trabajadora (TA2); Informe de la vida laboral la persona trabajadora de los veinticuatro meses anteriores al alta en el Centro Especial de Empleo.
- Copia de la carta de cese firmada por empresa y trabajador o trabajadora, indicando las causas de la baja y, en caso de despido, aclarando si el mismo es procedente o improcedente e indicar expresamente cuando se disponga de dicha información si las personas trabajadoras han recurrido o no el mismo, y, en su caso, el sentido de la sentencia emitida.
- Relación del personal técnico que desempeñe labores de acompañamiento a la inserción sociolaboral o a la producción, así como de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad según el modelo establecido en formato Excel.
- Documentos RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores) de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al mes que se justifica.
- Nómina de las personas cuyo coste salarial es objeto de subvención donde consten todos los haberes (salario base, complementos) devengados a su favor y los correspondientes descuentos (retenciones fiscales, seguridad social a cargo de las personas trabajadoras, devolución de anticipos, etc.) que determinan el importe líquido a percibir por estas personas.
- Certificado emitido por la entidad bancaria o, en su defecto, documento justificativo de la operación sellado por la misma que acredite la realización de las transferencias efectuadas por el Centro Especial de Empleo a cada persona trabajadora objeto de subvención en concepto de abono de sus devengos mensuales. La relación de personas trabajadoras deberá estar ordenada alfabéticamente por apellidos y el importe que conste en el documento expedido por la entidad bancaria deberá coincidir con el importe líquido de la nómina que se justifica.
- Memoria de las funciones realizadas por el citado personal de apoyo con la finalidad de verificar que ha sido destinado al desarrollo de las funciones que le son encomendadas en el artículo 2 del citado Real Decreto 469/2006. Además de las actuaciones de carácter general, la memoria incluirá las actuaciones realizadas y su resultado de manera individual con cada trabajador o trabajadora.
- En el caso de contrataciones tanto de personal de apoyo de la Unidad como de personas trabajadoras destinatarias finales de sus acciones efectuadas con posterioridad a la fecha de referencia establecida en la convocatoria para el cómputo de la plantilla de la solicitante, se deberá aportar copia del contrato de trabajo.
- Autorización para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de identidad (DNI/NIE), el tipo y grado de discapacidad y la vida laboral, incluido consulta del histórico de prestaciones públicas de incapacidad temporal, maternidad y paternidad, en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso, así como la comunicación a la persona trabajadora de que sus costes salariales son objeto de cofinanciación y del carácter público de la misma, según el modelo establecido al efecto.
Documentación relacionada
05. Autorización de la persona trabajadora
06. Resolución de la convocatoria
07. Solicitud de justificación mensual 2025-2026
08. Anexo Justificación CS 2025-2026
09. Anexo Justificación ED 2025-2026
10. Anexo Justificación UAAPs 2025-2026
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