AYUD0515T01 - Subvención al coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad y a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias

Plazu abiertu

Plazos de presentación

Desde
13/01/2026
00:00h
Hasta
01/09/2026
23:59h
- Plazo de presentación de la solicitud será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Plazo de Justificación:
  • Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad
La justificación de la subvención se presentará, en el plazo de dos meses a computar a partir del mes de devengo de los costes subvencionados que se deban justificar, presentándose la documentación correspondiente a las pagas extraordinarias junto con la correspondiente a las mensualidades de diciembre de 2025 y junio de 2026.
En el caso de los períodos devengados con anterioridad a la resolución de concesión, la justificación se presentará en el plazo de un mes, que se computará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución de concesión.
  • Coste salarial de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
La documentación justificativa de la subvención se presentará, en el plazo de dos meses a computar a partir del mes de finalización del período subvencionable establecido la convocatoria.

Finalidad

Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar los costes salariales devengados por la plantilla de las personas trabajadoras con discapacidad y a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo en sus centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.


Quien lo puede presentar

Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias calificados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales del Principado de Asturias a fecha de solicitud.

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Presentación

Presentación telemática  

  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

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Órgano gestor

Servicio de Programas de Empleo

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Plazo de resolución

Seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución por la que se convoquen las ayudas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Alzada

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Normativa básica

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Información adicional

INFORMACIÓN ADICIONAL 

COSTES SUBVENCIONABLES  Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: hasta el 50% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable

- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe adicional 10%: hasta el 10% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable.

- Coste salarial del personal especializado de las unidades de apoyo de la actividad profesional entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: 1440€ por cada persona usuaria final de los servicios de la unidad de apoyo

La información de este apartado se incorporará una vez se dicte la resolución de concesión de la subvención.

 

FICHA DE ACREEDOR

  • La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores 

SERVICIOS RELACIONADOS  

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Documentos a presentar

Documentos requeridos para la solicitud de la subvención convocatoria 2025-2026
  • Solicitud de subvención en modelo normalizado, correctamente cumplimentada y firmada por el representante legal (incluye varas declaraciones responsables)
  • Documento acreditativo de representación de la persona firmante de la solicitud.
  • Relación de personas trabajadoras por las que se solicita subvención, en situación de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2025, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la modelo establecido en formato Excel para cada uno de las modalidades de ayuda
  • Ficha de acreedores debidamente cumplimentado (si desea cambiar el existente o es la primera vez que solicita las ayudas).
Si el centro solicitante ostenta la forma jurídica de asociación y goza de dicha condición:
  • Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública
Si se solicita subvención destinada a financiar el coste salarial de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional:
  • Proyecto de servicio de acompañamiento que deberá forzosamente incluir un estudio previo de la realidad, objetivos generales, objetivos específicos, actividades concretas, sistema de evaluación continua y recursos humanos, materiales y económicos de los que dispondrá la Unidad.
Si los contratos de trabajo no han sido objeto de subvención en convocatorias anteriores:
  • Autorización en favor del Principado de Asturias, firmada por las personas trabajadoras con discapacidad y/o por las personas contratadas que forme parte de la Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional del Centro Especial de Empleo, cuyo contrato de trabajo sea objeto de subvención para la de consulta datos de carácter personal que figuran en el modelo normalizado.
Solicitudes de importe igual o superior a 30.000 € y de encontrarse el beneficiario entre los sujetos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, mediante alguno de los métodos de prueba previstos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004.
Documentos requeridos para la solicitud del abono anticipado:
  • Solicitud de abono anticipado
Si el importe de la subvención es superior a 6.010,12€ y la entidad beneficiaria no se encuentra dentro de los supuestos de exoneración enumerados en el art. 6 de la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda
  • Acreditación del depósito de garantía constituida de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto Resolución de 11 de febrero de 2.000
Otros documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentos requeridos para la justificación de la subvención convocatoria 2025-2026:
    Con carácter general para todas las líneas de subvención y coincidiendo con el último período mensual objeto de justificación:
      A efectos de verificar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad acerca del carácter de actividad subvencionada, se remitirá:
      • Fotografía del cartel instalado en un lugar visible en las instalaciones de la empresa afectadas, conforme al modelo Cartel PUBLICIDAD
      • En el caso de que la empresa de inserción cuente con página web, capturas de pantalla la página del sitio web de la empresa donde se haya efectuado la difusión, se recomienda incluir en las capturas de pantalla las URL de las páginas web afectadas
      • En su caso, documento que permita verificar de forma fehaciente la inclusión de los correspondientes logos y emblemas en los soportes publicitarios o promocionales que formen parte del proyecto subvencionado o utilizados para su difusión.
      • La comunicación informativa por parte de la empresa del carácter subvencionado de los costes salariales a las personas trabajadoras en riesgo o situación de exclusión social que forman parte de su plantilla, se tendrá por acreditada con presentación de la declaración responsable incluida en el modelo Autorización Trabajador.
      • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
      • En caso de haberse producido el pago anticipado de la subvención, deberá aportarse la carta de pago de reintegro si hubiera remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
      Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad
      • Solicitud de justificación mensual coste salarial según modelo establecido
      • Relación de personas trabajadoras con discapacidad por los que se justifica la subvención, ordenada alfabéticamente por apellidos, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria, según la plantilla establecida en formato Excel para esta convocatoria
      • Documentos RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores) de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al mes que se justifica
      • Nómina de las personas cuyo coste salarial es objeto de subvención donde consten todos los haberes (salario base, complementos) devengados a su favor y los correspondientes descuentos (retenciones fiscales, seguridad social a cargo de las personas trabajadoras, devolución de anticipos, etc.) que determinan el importe líquido a percibir por estas personas.
      • Certificado emitido por la entidad bancaria o, en su defecto, documento justificativo de la operación sellado por la misma que acredite la realización de las transferencias efectuadas por el Centro Especial de Empleo a cada persona trabajadora objeto de subvención en concepto de abono de sus devengos mensuales. La relación de personas trabajadoras deberá estar ordenada alfabéticamente por apellidos y el importe que conste en el documento expedido por la entidad bancaria deberá coincidir con el importe líquido de la nómina que se justifica.
      En caso de ALTAS NUEVAS incorporadas a la justificación, deberá aportarse:
      • Copia del contrato de trabajo, firmado por empresa y persona trabajadora, comunicado al Servicio Público de Empleo
      • Informe de plantilla media de personas trabajadoras de alta expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de los doce meses anteriores y del mes de contrato objeto de justificación, de todas las cuentas de cotización de la empresa en los centros de trabajo radicados en Asturias. En caso de que no haya incremento de plantilla, deberá acreditar el carácter de los despidos y bajas producidas en el Centro durante el período correspondiente, aportando para ello las cartas de cese.
      • Informe médico emitido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa, que acredite la compatibilidad de la condición de la persona que vaya a ser contratada con el puesto a desempeñar. Se exceptuarán de este requisito las relaciones laborales que se hayan iniciado a través de la subrogación de contratos de personas trabajadoras procedentes de otro Centro Especial de Empleo radicado en Asturias siempre y cuando conste la existencia de un informe favorable emitido al inicio de la relación laboral con la empresa cedente
      • Autorización firmada por la persona trabajadora para que esta Administración pueda consultar los datos de identidad (DNI/NIE) y vida laboral en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso. En caso de no aportar dicha autorización deberán acompañar: Copia del DNI o NIE de la persona trabajadora; Copia de la certificación de que la persona trabajadora tiene la consideración de persona con discapacidad o presente la condición de pensionista de acuerdo con lo especificado en la base segunda de las reguladoras. Deberá incluir la información del tipo y grado de discapacidad; Original o copia compulsada del documento de alta en la Seguridad Social del la persona trabajadora (TA2); Informe de la vida laboral la persona trabajadora de los veinticuatro meses anteriores al alta en el Centro Especial de Empleo.
      En caso de BAJAS deberá aportar:
      • Copia de la carta de cese firmada por empresa y trabajador o trabajadora, indicando las causas de la baja y, en caso de despido, aclarando si el mismo es procedente o improcedente e indicar expresamente cuando se disponga de dicha información si las personas trabajadoras han recurrido o no el mismo, y, en su caso, el sentido de la sentencia emitida.
      Coste salarial de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional:
      • Relación del personal técnico que desempeñe labores de acompañamiento a la inserción sociolaboral o a la producción, así como de las personas con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad objeto de apoyo por la Unidad según el modelo establecido en formato Excel.
      • Documentos RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores) de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al mes que se justifica.
      • Nómina de las personas cuyo coste salarial es objeto de subvención donde consten todos los haberes (salario base, complementos) devengados a su favor y los correspondientes descuentos (retenciones fiscales, seguridad social a cargo de las personas trabajadoras, devolución de anticipos, etc.) que determinan el importe líquido a percibir por estas personas.
      • Certificado emitido por la entidad bancaria o, en su defecto, documento justificativo de la operación sellado por la misma que acredite la realización de las transferencias efectuadas por el Centro Especial de Empleo a cada persona trabajadora objeto de subvención en concepto de abono de sus devengos mensuales. La relación de personas trabajadoras deberá estar ordenada alfabéticamente por apellidos y el importe que conste en el documento expedido por la entidad bancaria deberá coincidir con el importe líquido de la nómina que se justifica.
      • Memoria de las funciones realizadas por el citado personal de apoyo con la finalidad de verificar que ha sido destinado al desarrollo de las funciones que le son encomendadas en el artículo 2 del citado Real Decreto 469/2006. Además de las actuaciones de carácter general, la memoria incluirá las actuaciones realizadas y su resultado de manera individual con cada trabajador o trabajadora.
      • En el caso de contrataciones tanto de personal de apoyo de la Unidad como de personas trabajadoras destinatarias finales de sus acciones efectuadas con posterioridad a la fecha de referencia establecida en la convocatoria para el cómputo de la plantilla de la solicitante, se deberá aportar copia del contrato de trabajo.
      • Autorización para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de identidad (DNI/NIE), el tipo y grado de discapacidad y la vida laboral, incluido consulta del histórico de prestaciones públicas de incapacidad temporal, maternidad y paternidad, en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso, así como la comunicación a la persona trabajadora de que sus costes salariales son objeto de cofinanciación y del carácter público de la misma, según el modelo establecido al efecto.

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