Finalidad
Concurrir al Premio Juan Uría Ríu de Investigación, para trabajos de investigación que versen sobre aspectos de la cultura asturiana ya sean de carácter histórico, etnográfico, filológico, musical o cualesquiera que lleve a la difusión y promoción de la misma
Quien lo puede presentar
Cualquier persona, sin distinción de residencia o nacionalidad, y con independencia de su integración o no en un grupo o equipo de investigación, menos aquellos que hayan resultado premiados en ediciones anteriores.
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Presentación
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Si se remite la solicitud por correo postal la dirección de envío será:
Dirección General de Acción Cultural y Normalización Llingüística
C/ Eduardo Herrera "Herrerita", s/n, 2ª Pta. Sector Izquierdo
33006 Oviedo
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Órgano gestor
Servicio de Acción Cultural.
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Información adicional
La presentación de los trabajos se formalizará en dos sobres cerrados. En cada uno de los mismos se escribirá "Premio Juan Uría Ríu", año de la convocatoria, el título de la obra y el seudónimo del autor/a.
El contenido de los sobres será el siguiente:
- Sobre A: datos del autor/a (dirección, teléfono de contacto, email y un breve currículum).
- Sobre B: la obra a concurso, además de un CD con el texto de la obra en formato PDF.
Serán automáticamente excluidos los trabajos presentados que contengan elementos no expresamente referidos en el contenido de las presentes o que permitan la identificación o la obtención de indicios razonables sobre la identidad del autor/a.
Los trabajos estarán escritos en castellano o asturiano, habrán de ser inéditos y tendrán una extensión mínima de 200 folios mecanografiados con interlineado de 1,5 y por una sola cara. Los trabajos podrán incorporar imágenes, fotografías o cualquier otro material de apoyo que enriquezca la obra presentada.
Las obras no estarán firmadas, ni presentarán nota o inscripción que pueda contribuir a identificar al autor/a.
Si resultase que la documentación no cumple con los requisitos anteriormente señalados por estar incompleta o ser defectuosa o se apreciaren vicios de tiempo o forma, la obra será objeto de exclusión.
El órgano instructor extenderá documento acreditativo de la recepción del texto, que habrá de presentarse necesariamente para retirar las obras no premiadas, antes de un mes a partir de la fecha de concesión del Premio.
Transcurrido el plazo citado sin que se hayan retirado, la Consejería competente en materia de cultura podrá proceder a la destrucción de las obras, junto con sus plicas.
El premio podrá repartirse entre dos obras si el Jurado lo considera oportuno.
Asimismo, podrá declararse desierto si a juicio del Jurado la calidad de los textos que se presenten así lo aconsejase.
Importe del premio: 6.200 €
FICHA DE ACREEDORES
SERVICIOS RELACIONADOS
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Información adicional
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas aportar:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificado de empadronamiento
- Poder notarial que acredite la representación, en su caso
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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