Finalidad
Transmitir la titularidad o cotitularidad de una oficina de farmacia, de quienes sean titulares-propietarios de oficinas de farmacia con más de 6 años de titularidad o cuota de titularidad de la oficina de farmacia objeto de transmisión,y a favor de otro u otros farmacéuticos o farmaceuticas.
Quien lo puede presentar
Titulares y cotitulares de oficinas de farmacia del Principado de Asturias, y sus representantes legales o herederos.
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Presentación
Presentación telemática
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la administración del Principado de Asturias los sujetos establecidos en el articulo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
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Recursos
Potestativo de reposición.
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud normalizada
- La transmisión de la oficina de farmacia será realizada a favor de otro/s Farmacéutico/s
- El farmacéutico que cede la oficina de farmacia lo comunicará con antelación suficiente al Colegio de Farmacéuticos para que se haga público en su tablón de anuncios
- Certificado del colegio profesional de informe favorable a la transmisión solicitada, según acuerdo de la Comisión Permanente del Colegio Oficial de Farmacéuticos
- Expediente administrativo instruido por el Colegio de Farmacéuticos
Otros documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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