Finalidad
Obtener la autorización y el visado de tarjetas de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
Quien lo puede presentar
Empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte de viajeros.
- Los viajeros habrán de tener su origen o destino en algún establecimiento de la empresa titular de la autorización, o bien desplazarse entre puntos que no cumplan este requisito siempre que se trate de atender necesidades internas propias de la empresa.
- Los viajeros deberán ser trabajadores o asalariados de la empresa titular de la autorización, o personas asistentes a alguno de los establecimientos de la misma.
- La empresa debe encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- El volumen de transporte autorizado a la empresa será acorde con su número de empleados o de las personas que deban asistir habitualmente a los establecimientos de la empresa.
- La empresa debe abonar la tasa correspondiente.
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Presentación
La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
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Recursos
Recurso potestativo de reposición
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Pago de tasas
El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página:
Tramitación electrónica
Descarga del modelo 046
Hasta el día 31 de diciembre de 2025, la tramitación de este procedimiento no requerirá el abono de ninguna tasa a la Administración del Principado de Asturias.
Para la correcta tramitación de su solicitud, deberá:
- En el campo de numero de autoliquidación: incluirá el número de NIF/DNI del solicitante
- En el campo fecha de devengo: la fecha de solicitud del trámite
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Información adicional
Solicitud
- La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
- Para iniciar la solicitud será imprescindible haber abonado anteriormente la tasa correspondiente.
- El importe de la tasa es de 19,70 euros por vehículo y debe figurar en la misma el código de concepto 327002.
Vigencia y visado
La validez de la autorización no tiene un plazo prefijado, si bien queda condicionada a la comprobación periódica del mantenimiento de las condiciones de obligado cumplimiento, a través del correspondiente visado, que se efectuará cada 2 años, previa solicitud acompañada de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos y abono de la correspondiente tasa.
Documentación de la autorización
- Las autorizaciones pueden consultarse en el Registro de Empresas y Actividades del Transporte del Ministerio de Fomento.
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud normalizada del procedimiento
La empresa deberá cumplir y acreditar, salvo que autorice a la administración a comprobar los datos en los registros oficiales, lo relativo a:
- Constitución de la empresa
- Acreditación de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas I.A.E.
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias
- Disponibilidad del vehículo para el que solicita autorización. En el caso de que disponga de ellos en régimen de arrendamiento ordinario o arrendamiento financiero, se deberán aportar los contratos
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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