Finalidad
Comunicar el inicio de una actividad comercial como franquiciador o franquiciado principal al Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias (REAC), en el plazo de 3 meses desde que se produzca el hecho causante.
Quien lo puede presentar
Quienes inicien una actividad comercial como franquiciador o franquiciado principal.
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- A través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En este caso no es necesario adjuntar comunicación normalizada.
- En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Gestión y Calidad Comercial.
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Recursos
Potestativo de reposición.
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Información adicional
COMUNICACIONES
Deben comunicarse durante el mes de enero de cada año los cierres o aperturas de los establecimientos propios o franquiciados producidos en la anualidad anterior.
DATOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCIÓN
- Datos referentes a los franquiciadores: nombre o razón social del franquiciador, domicilio, datos de inscripción en el Registro Mercantil, en su caso, y NIF.
- Denominación de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto del acuerdo de franquicia y acreditación de tener concedida y en vigor la titularidad o derechos de licencia de uso sobre los mismos, así como su duración y eventuales recursos.
- Descripción del negocio objeto de la franquicia, con expresión del número de franquiciados con que cuenta la red y el número de establecimientos que la integran, distinguiendo los explotados directamente por el franquiciador de los que operan bajo régimen de cesión de franquicia, con indicación del municipio y provincia en que se hallan ubicados. Se indicará la antigüedad con que la empresa lleva ejerciendo la acividad franquiciadora, especificando los establecimientos propios y franquiciados, así como los franquiciados que han dejado de pertenecer a la red en España en los 2 últimos años.
- Si el franquiciador es un franquiciado principal, este deberá acompañar la documentación que acredite los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, domicilio, forma jurídica y duración de acuerdo de franquicia principal; y manifestar que cuenta con el contrato que acredite la cesión por parte del franquiciador originario.
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Comunicación, en modelo normalizado. No será necesaria su aportación en el caso de presentación a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico".
- Anexo Comunicación de datos, en modelo normalizado. Sólo para el caso de presentación a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico".
Con carácter voluntario, podrán aportarse los siguientes datos
- Certificado de calidad acreditativo del cumplimiento de normas de calidad e identificación de las normas en que se base
- Adhesión a un sistema extrajudicial de conflictos entre franquiciador y franquiciado
- Firma de códigos deontológicos en el ámbito de la franquicia.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, en el caso de personas físicas.
- Poder de representación, en caso de personas jurídicas.
- Tarjeta de identificación fiscal, en el caso de personas jurídicas.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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