Finalidad
Obtener la licencia que autoriza la recogida de algas de arribazón en la costa del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- En el caso de personas física
- Tener el domicilio fiscal en la comunidad autónoma del Principado de Asturias y estar empadronado en el Principado de Asturias, al menos, con dos años de antelación a la fecha de la solicitud.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo o en el régimen especial del mar.
- Pagar la correspondiente tasa.
- En el caso de personas jurídicas
- Tener el domicilio social y fiscal en la comunidad autónoma del Principado de Asturias.
- Estar legalmente constituidas.
- Tener, entre sus fines, la actividad de recogida de algas de arribazón.
- Acreditar documentalmente la relación laboral existente con la persona o personas físicas para quien se solicita la licencia.
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Órgano gestor
Servicio de Ordenación Pesquera
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Información adicional
Reserva de la recogida de algas
- La recogida de algas de arribazón en la costa del Principado de Asturias queda reservada a las personas físicas y jurídicas que estén en posesión de la correspondiente licencia expedida por la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
Zonas autorizadas
- Se permite la recogida de algas de arribazón en todas aquellas zonas en las que no haya una prohibición expresa, debiendo respetarse, en todo caso, la normativa en materia de medio ambiente y de dominio público marítimo-terrestre.
Vigencia de la licencia
- Las licencias tendrán una validez de 1 año desde su fecha de expedición o renovación.
- Para realizar la actividad será necesario llevar consigo la licencia, acompañada de documento acreditativo de su identidad.
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
Para la obtención de nueva licencia
- Solicitud en modelo normalizado
- Dos fotografías recientes tamaño carnet.
- Justificantes del domicilio fiscal y social en el Principado de Asturias. En el caso del domicilio social, de los 2 últimos años. En el caso de las personas jurídicas, no se aplicará la limitación temporal.
En caso de personas físicas, además:
- Certificado de estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo o en el régimen especial del mar
En el caso de personas jurídicas, además:
- Escritura de constitución
- Documento acreditativo de la relación laboral existente con las personas físicas para quien se solicita la licencia.
- Documento acreditativo de la relación laboral existente con la persona o personas físicas para quien se solicita la renovación de la licencia.
Para la renovación
- Licencia caducada.
- Documento acreditativo de las ventas realizadas en el año anterior correspondientes a la actividad de recogida de algas de arribazón
En el caso de personas físicas, además:
- Certificado de estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo en el régimen especial del mar.
Para la obtención de duplicado por deterioro, robo o extravío
- Justificante de la pérdida o destrucción.
- Denuncia donde conste el robo de la tarjeta.
- Dos fotografías recientes tamaño carnet.
En caso de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no hayan sido aportados anteriormente a cualquier Administración
- Documento de identidad del solicitante
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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