Finalidad
Comunicar el cambio de titularidad en el ámbito de la Ley 21/1992, de Industria en el caso de empresas o entidades y establecimientos industriales inscritos en el Registro Integrado Industrial (y/o en el Registro Industrial del Principado de Asturias) y empresas o entidades de servicios y agentes habilitados en materia de seguridad y calidad industrial
Quien lo puede presentar
Personas físicas y jurídicas incluidas en el ámbito de aplicación del Registro Integrado Industrial y que ya se hayan inscrito en Asturias
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias
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Órgano gestor
Servicio de Política Industrial
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Recursos
Potestativo de reposición o contencioso administrativo en el caso de inadmisión
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Documento de cesión gratuita y voluntaria
- Documento de transmisión, intervivos o mortis causa
- Alta o recibo del Impuesto de Actividades Económicas del nuevo titular
- Documento de adjudicación de dominio, judicial o notarial
- Contrato de arrendamiento
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
En caso de que el nuevo titular sea una sociedad, además:
- Escritura de constitución, absorción, fusión, modificación de estatutos, etc.
- Nº de NIF (número de identificación fiscal de persona jurídica)
- Datos Catastrales, consulta por NIF
- Bienes Inmuebles, consulta por Referencia catastral
- Certificación de Titularidad, consulta por NIF o por localización
- Certificación Gráfica y Descriptiva, consulta por localización
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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