Finalidad
Obtener la inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias del Principado de Asturias de aquellas explotaciones que cumplan con los requisitos para su calificación como tal, al objeto de seguimiento y supervisión y de que los titulares de las mismas puedan acceder a los beneficios, ayudas y otras medidas de fomento previstas en la ley
Quien lo puede presentar
Personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación agraria ubicada en el Principado de Asturias y que, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 4 a 6 de la Ley 19/1995 y en los artículos 2 y 3 del Decreto 76/96, quiera solicitar la calificación de la misma como prioritaria.
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Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Desarrollo Rural.
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Recursos
Potestativo de reposición.
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Información adicional
En el caso de renovación de la calificación de personas físicas, se aportará la misma documentación que para las altas con excepción de la acreditación del nivel de capacitación.
En el caso de renovación de la calificación de personas jurídicas, se aportará la misma documentación que para las altas con excepción de acta de constitución, estatutos y acreditación de inscripción en el Registro de Asociaciones Agrarias del Principado de Asturias.
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Documentos a presentar
Altas o cambio de titular en caso de personas físicas
- Declaración IRPF (modelo 100) del último ejercicio fiscal disponible del titular de la explotación. En caso de existencia de rendimientos del trabajo, debe aportarse acreditación de la procedencia de los mismos al objeto de valorar si se trata de ingresos agrarios o no.
- Informe de la TGSS de vida laboral actualizado del titular de la explotación. Si existiesen familiares colaboradores, informe de vida laboral de los mismos
- Informe de la TGSS de actividad agraria por cuenta propia
Documentos acreditativos del nivel de capacitación agraria suficiente del titular de la explotación:
- Título de capataz agrícola
- Título de formación agraria equivalente a FP o grado
- Título curso de incorporación a la empresa agraria
- Vida laboral que acredite más de 5 años de experiencia en el sector agrario
En caso de que la explotación no esté inscrita en el Registro de Explotaciones Autonómico (REA)
- Declaración acreditativa de la base territorial de la explotación y su distribución en secano, regadío y forestal.
- Declaración acreditativa de la base territorial de la explotación y su distribución en secano, regadío y forestal.
En caso de emplear mano de obra asalariada:
- Nóminas. Acreditación de los costes salariales en los que se ha incurrido durante el periodo considerado (nóminas)
- Vida laboral del código cuenta cotización de la SS del mismo periodo para el que se aporta la declaración de IRPF
- Nóminas. Acreditación de los costes salariales en los que se ha incurrido durante el periodo considerado (nóminas)
- Vida laboral del código cuenta cotización de la SS del mismo periodo para el que se aporta la declaración de IRPF
Altas o cambio de titular en caso de personas jurídicas
- Acta de constitución
- Estatutos de la entidad
- Acreditación de la inscripción en el Registro de Asociaciones Agrarias del Principado de Asturias.
- Declaración IRPF: (modelo 100) del último ejercicio fiscal disponible de todos los socios de la explotación que puedan acreditar su condición de agricultor profesional. En caso de existencia de rendimientos del trabajo, debe aportarse acreditación de la procedencia de los mismos al objeto de valorar si se trata de ingresos agrarios o no.
- Informe de la TGSS de vida laboral actualizado del titular de la explotación. Si existiesen familiares colaboradores, informe de vida laboral de los mismos
- Declaración del impuesto de sociedades del último ejercicio fiscal disponible (modelo 200) o modelo 184.
Renovación de la calificación en caso de personas físicas (misma documentación que para las altas con excepción de la acreditación del nivel de capacitación)
Renovación de la calificación en caso de personas jurídicas (misma documentación que para las altas con excepción de acta de constitución, estatutos y acreditación de inscripción en el Registro de Asociaciones Agrarias del Principado de Asturias)
Documentos a entregar para cualquier solicitud de alta o renovación
Bajas
- Documento en el que se motive la baja de la explotación
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
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