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AUTO0201T01 - Organización de actividades juveniles de tiempo libre

Plazos de presentación

La actividad deberá comunicarse al Instituto Asturiano de la Juventud con una antelación de 10 días a su inicio y, antes de iniciarse, se presentará una declaración responsable.


Finalidad

Presentar la comunicación y declaración responsable para organizar y desarrollar campamentos, colonias, acampadas itinerantes o actividades mixtas, en las que los participantes sean menores de 30 años, en número superior a seis, que no tengan carácter familiar, cuya duración sea igual o superior a cuatro días continuados, que exijan pernoctación y que se desarrollen dentro del territorio del Pincipado de Asturias


Quien lo puede presentar

Personas físicas, asociaciones, entidades o empresas públicas o privadas que pretendan organizar y desarrollar un programa de actividades de tiempo libre dirigidas a niños y jóvenes (campamentos, colonias, acampadas itinerantes o actividades mixtas) en el Principado de Asturias.

Será necesario:

  1. Contar con un responsable que estará permanentemente en la actividad y deberá estar en posesión del diploma de director de actividades de tiempo libre expedido por los órganos competentes en materia de juventud o aquellas titulaciones o certificados de profesionalidad que incluyan la cualificación profesional de dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
  2. Como mínimo deberá existir un monitor de tiempo libre por cada 10 participantes o fracción, excepto para actividades con participación superior a 6 e inferior a 15 participantes, en cuyo caso bastará con que el equipo directivo esté constituido por la persona responsable de la actividad y un monitor de tiempo libre. En las actividades con finalidad cultural, docente o deportiva que, por razón de su programación, necesiten de profesorado o de monitores especializados, podrán incluir este personal dentro del equipo de monitores, si bien el número de monitores diplomados en actividades de tiempo libre dentro del equipo directivo será como mínimo de un 25%.
  3. Nombrar un Delegado/a de protección para la actividad.
  4. Disponer de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos respecto del equipo de dirección (director/a, monitores, monitores en prácticas) y personal auxiliar que preste servicio en la actividad.
  5. Disponer de un programa de formación y actividades, así como de las condiciones técnicas de la actividad.
  6. Disponer de una relación nominal de los participantes, incluyendo edad, domicilio, DNI y número de teléfono, junto con la autorización escrita del representante legal (padre, madre o tutor) para menores de edad."
  7. Contar con la autorización del propietario del terreno o inmueble donde se desarrolle la actividad o de su representante legal.
  8. Contar, en su caso, con las preceptivas autorizaciones de la Administración General del Estado.
  9. Contar con la manifestación de la puesta en conocimiento y no disconformidad del Ayuntamiento en cuyo término municipal se desarrolle la actividad.
  10. Contar con las autorizaciones específicas que fueran necesarias en caso de acampadas itinerantes o vivaqueos.
  11. Contar con el informe favorable de las Consejerías competentes, en caso de que exista algún régimen de protección especial en la zona donde se realiza la actividad.
  12. Disponer del informe favorable de la Consejería competente en materia de salud pública referente a las condiciones higiénico-sanitarias del lugar y de la potabilidad del agua (salvo que se utilicen las redes municipales de saneamiento y abastecimiento).
  13. Disponer de las cartillas de asistencia médica o seguro médico privado que cubra a todos los participantes en la actividad y determinación del centro sanitario al que se acudirá en caso de necesidad.
  14. Estar en posesión de póliza de seguros de accidentes y de responsabilidad civil en vigor, acreditar estar al corriente del pago y respecto a la póliza de accidentes deberá acreditar que cubre las fechas en que se desarrolla la actividad así como a la totalidad de los participantes.

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Presentación

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Instituto Asturiano de la Juventud

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Información adicional

PROCEDIMIENTO

  • Quien promueva una actividad de tiempo libre infantil o juvenil en el Principado de Asturias lo comunicará con una antelación de 10 días a su inicio al Instituto Asturiano de la Juventud.
  • Asimismo, antes del inicio de la actividad, presentará igualmente ante el Instituto Asturiano de la Juventud una declaración responsable en la que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos para realizarla. Una misma actividad puede tener varias ediciones, en este caso, deberá presentar una única comunicación con la antelación ya señalada y una declaración responsable por cada una de las ediciones que se vayan a desarrollar
  • En caso de que se produzca algún cambio en la actividad comunicada o declarada, lo comunicará en un plazo máximo de 5 días desde el momento en que haya tenido lugar. Si las modificaciones fuesen de carácter esencial, deberá enviarse una nueva declaración responsable. 
  • En el supuesto de que vayan a realizar actividades mixtas o acampadas itinerantes, deberán cumplimentar en su totalidad el formulario del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias que se encuentra en la ficha de servicio y, que desde este Instituto Asturiano de la Juventud trasladaremos antes del comienzo de la actividad al citado organismo.
  • El Instituto Asturiano de la Juventud realizará las comprobaciones pertinentes para verificar la conformidad de los datos declarados y podrá requerir en cualquier momento que se aporte la documentación oportuna.
  • La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información comunicada o declarada, no haberlo hecho, no presentar la documentación que fuera requerida o infringir las limitaciones o exigencias impuestas para realizar la actividad determinarán la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o de la actividad afectada desde que se tenga constancia de ello, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Formulario de comunicación
  • Declaración responsable
  • Acreditación de la representación en el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica
  • Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos del equipo de dirección, monitores en prácticas y personal auxiliar
  • Títulos que acrediten la formación de director/es y monitores de tiempo libre
  • Pólizas de los seguros de accidentes y de responsabilidad civil.
  • Nombramiento de Delegado/a de Protección
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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