AYUD0166T01 - Subvención para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo
Plazu abiertu
- Plazos de presentación
- Finalidad
- Quien lo puede presentar
- Presentación
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Desde
-
20/04/2026
00:00h
- Hasta
-
18/05/2026
23:59h
20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Finalidad
Financiar la ejecución de proyectos de cooperación que impulsen procesos de desarrollo con el objetivo de contribuir a la eliminación de las desiguald ades que sustenten las diferentes dimensiones de la pobreza desde un enfoque feminista y de derechos humanos. Particularmente atenderá a la erradicación de las desigualdades referidas al acceso a condiciones de vida, vinculadas a la soberanía alimentaria, la salud, la educación, el acceso al agua y a un empleo digno y al trabajo decente; a la defensa y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales; y a la sostenibilidad y regeneración del medio ambiente.
Quien lo puede presentar
Organizaciones no gubernamentales inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias, a fecha de presentación de la solicitud, o consorcios de entidades.
Presentación
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones con destino a la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo. BOPA 9 de enero de 2026
- Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2026, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2026.BOPA 17 de abril de 2026
Información adicional
Consorcios de entidades
Podrán tener acceso a la subvención los proyectos presentados por un consorcio de entidades. En este caso, cada una de las entidades consorciadas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados.
Tipos de instrumentos
Gastos subvencionables
Aquellos gastos, directos o indirectos, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Gastos directos: aquellos directamente vinculados a la ejecución del proyecto y que financian la consecución inmediata de los objetivos del mismo. Gastos indirectos: los propios del funcionamiento regular de la entidad adjudicataria, que sirven de base para que sea posible la ejecución de la intervención y atribuibles a ella, siempre que se correspondan con el periodo de ejecución del proyecto. En ningún caso se subvencionarán, entre otros, los intereses deudores de cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales.
Cuantía
El presupuesto de la convocatoria es de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL CINCUENTA EUROS (4.461.050 €). Para el Instrumento A (Proyectos) el importe global máximo de las subvenciones será de 4.300.000 €, distribuidos, para la Línea A1 2.400.000€ y para la Línea A2 1.900.000€. Para el Instrumento B (microproyectos) el importe será de 161.050 €.
Criterios de valoración y puntuación
Instrucción
Plazos de ejecución y justificación
Los proyectos deberán iniciarse en el año 2026. La justificación de los proyectos habrá de presentarse en el plazo de 3 meses a contar desde la finalización de la ejecución del proyecto que no podrá exceder de un año a partir de la recepción material de la subvención.
Ficha de acreedores
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
Servicios Relacionados
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
Documentos a presentar
- Solicitud en modelo normalizado
- Documento acreditativo de la personalidad de la persona representante y de la representación que ostenta.
- Ficha de acreedores, en el que consten sus datos bancarios, en los casos en los que la Administración del Principado de Asturias no disponga de esa información actualizada. En el caso de que no se presente el fichero de acreedores, se debe indicar claramente en la solicitud, el número de cuenta en el que debe efectuarse el ingreso.
- Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención, que deberá adecuarse a los extremos establecidos en el modelo que figura como anexo de la convocatoria.
- Presupuesto del proyecto para el cual se solicita subvención, que deberá adecuarse a los extremos establecidos en el modelo que figura como anexo de la convocatoria.
- Acreditación de la experiencia en la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo.
- Documentación de cada una de las organizaciones agrupadas.
- Acuerdo de colaboración establecido para la gestión del proyecto.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español del representante
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada
01. Anexo I Solicitud Desarrollo
02. Anexo I Solicitud Microproyectos
03. Anexo I Solicitud Pueblos Indígenas
04. Anexo II Memoria Técnica de Microproyectos
05. Anexo II Memoria Técnica de Proyectos
06. Anexo III Matriz de Planificación
08. Anexo V Memoria Justificación
09. Anexo VI Registro de Facturas
10. Anexo VII Cuadro comparativo
11. Anexo VIII Informe Auditoría