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DECO0026T01 - Comunicación de plantación de viñedo para autoconsumo

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Comunicar la plantación de viñedo en una superficie inferior a 0,1 hectáreas, cuyo vino o productos vitícolas vayan a estar destinados exclusivamente al autoconsumo, para que pueda ser exceptuada del régimen de autorizaciones para plantaciones de viñedos 


Quien lo puede presentar

Explotadores de parcelas de viñedo ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que cumplan los siguientes requsitos:

  • La superficie no excederá de 0.1 hectárea perfectamente delimitada
  • El viticultor no se dedicará a la producción de vino u otros productos vitícolas con fines comerciales. La producción estará destinada exclusivamente al autoconsumo de la familia del viticultor
  • La variedad utilizada deberá estar incluida entre las enumeradas en el anexo XXI del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola
  • Se deberá comunicar la plantación una vez ejecutada y antes del final de la campaña vitícola

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Presentación

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

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Órgano gestor

Servicio de Desarrollo Agroalimentario

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Croquis sobre la salida gráfica del SIGPAC donde se identifiquen las parcelas a plantar
En el caso de persona jurídica y comunidad de bienes:
  • Estatutos (en su caso)
  • Escritura de constitución (en su caso)
En caso de representación legal:
  • Copia del NIF del representante legal, si procede
  • La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español del solicitante
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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