Finalidad
Solicitar informe sanitario previo al suministro de agua de consumo en cisternas o depósitos móviles, en virtud de lo dispuesto en artículos 34 y 35 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Quien lo puede presentar
Operadores de una zona de abastecimiento.
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Presentación
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
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Órgano gestor
Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
1.- El operador de una zona de abastecimiento deberá solicitar a la Unidad Territorial correspondiente del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Consejería de Salud, el informe sanitario para cada suministro de agua, mediante la solicitud normalizada.
2.- Direcciones de las Unidades territoriales de las Áreas Sanitarias (U.T.A.):
- U.T.A. I: C/ Las Veigas, bajo, Navia. Tfno.: 985474656
- U.T.A. II: Avda. Leitariegos 4, bajo, Cangas del Narcea. Tfno: 985813680
- U.T.A III: C/ Ramón Granda 6, Avilés. Tfno.: 985527761
- U.T.A. IV: C/ General Elorza 34, bajo, Oviedo. Tfno.: 985295146
- U.T.A. V: C/ Mariano Pola nº 3 3ª planta, 33212, Gijón. Tfno.: 985176980
- U.T.A. VI: C/ Ramón del Valle s/n (Centro de Salud), Arriondas. Tfno.: 985841125
- U.T.A. VII: Plaza Sindicatos Mineros 3 (Centro de Salud Mieres Sur), Mieres. Tfno.: 985461472
- U.T.A. VIII: C/ Gregorio Aurre 1, 1ºC- Langreo. Tfno.: 985682301
3.- Sobre la base de la documentación presentada y de la inspección llevada a cabo, en su caso, la autoridad sanitaria emitirá el correspondiente informe sanitario previo al transporte.
4.- El informe sanitario emitido será válido siempre y cuando las condiciones no varíen, para todo el período que dure el suministro y en todo caso por un tiempo máximo de 4 meses. Al cabo del mismo, el gestor deberá solicitar un informe sanitario favorable.
5.-Especificaciones
- En todo momento, el responsable del transporte del agua adoptará las medidas de protección oportunas para que la calidad del agua no se degrade, así como aquellas medidas correctoras que en su caso señale la autoridad sanitaria
- Los requisitos sanitarios que deben de cumplir las cisternas y depósitos móviles son, como mínimo:
- El material en contacto con el agua no transmitirá a la misma sustancia o propiedades que contaminen o empeoren su calidad.
- Se utilizarán únicamente para el transporte de agua.
- Tendrán claramente señalizada y visible la indicación para transporte de agua de consumo , acompañado del símbolo de un grifo blanco sobre fondo azul.
- Vigilar de forma regular el estado de la cisterna o deposito móvil, elementos de cierre, válvulas, etc.
- Limpieza y desinfección, seguida de un aclarado de agua periódicos
- Y los requisitos que establezca la autoridad sanitaria.
- Además,respecto a la calidad del agua:
- Para el llenado de los depósitos o cisternas móviles se utilizará agua apta para el consumo, excluyendo la posibilidad de toma directamente de la captación.
- Se llevará a cabo un sistema de autocontrol analítico, que incluya, al menos:
-
- Un análisis control en una cisterna seleccionada aleatoriamente por cada 4.000 m³ de agua transportada, siempre que el agua utilizada en el llenado de las cisternas o depósitos móviles sea captada de una ZA que dispone de sistema de autocontrol.
- Un análisis completo antes de iniciar el transporte y un análisis de control por cada 2.000 m³ de agua transportada, siempre que el agua utilizada en el llenado de las cisternas o depósitos móviles provenga de una ZA que no dispone de sistema de autocontrol.
- La determinación del nivel de desinfectante residual en cada cisterna.
- El registro y documentación de todas las operaciones efectuadas.
- La toma de muestras para la realización de los análisis de control y las determinaciones del nivel de desinfectante residual se deben efectuar después del transporte y previa a la distribución del agua, y para el análisis completo se realizará en el punto de toma.
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