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AUTO0289T01 - Prueba para la obtención directa del título de Graduado o Graduada en ESO para personas mayores de 18 años

Rimada d'apertura del plazu

Plazos de presentación

Desde
05/11/2025
00:00h
Hasta
18/11/2025
23:59h
  • Convocatoria de enero: desde el 5 al 18 de noviembre de 2025.
  • Convocatoria de junio: desde el 20 de abril al 5 de mayo de 2026.

Finalidad

Participar en la prueba para la obtención directa del título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de 18 años, con la finalidad de verificar la adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria. La superación de la prueba permitirá la obtención directa del título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria.


Quien lo puede presentar

Personas mayores de 18 años, cumplidos como máximo el día de celebración de la prueba, y que no estén en posesión de dicho título u otro declarado equivalente.

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Presentación

Presentación presencial

  • Centros de educación de personas adultas del Principado de Asturias.
  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Ordenación Académica y Evaluación.

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Plazo de resolución

12 meses.

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Recursos

Recurso de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.

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Información adicional

  • Los centros docentes de inscripción darán la información y la orientación necesarias a las personas interesadas en participar en estas pruebas, comprobarán que la solicitud esté debidamente cumplimentada y que se adjuntan los documentos acreditativos que se precisan.
  • También tendrán que facilitar a cada solicitante su respectivo Número de Identificación Escolar (NIE), dato imprescindible para que cada solicitante pueda consultar los listados provisionales y definitivos de inscripción y las actas de calificaciones, que se publicarán sin datos personales de las personas inscritas, en aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
  • Si una persona inscrita desconoce o extravía su Número de Identificación Escolar (NIE), deberá solicitarlo presencialmente en el centro docente en el que realizó la inscripción, acreditando su identidad, único lugar en el que podrá obtenerlo

ESTRUCTURA

  • La prueba se organizará en 3 ejercicios, en base a la estructura de los 3 ámbitos en que se organizan las enseñanzas de educación secundaria para personas adultas (científico-tecnológico, comunicación y social), cuyos contenidos se relacionarán con los aspectos básicos del currículo establecidos según Resolución de 26 de abril de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se organizan las enseñanzas y el currículo de la educación secundaria obligatoria para personas adultas.
  • La Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación publicará información sobre la prueba y sus características en el portal educativo Educastur (www.educastur.es) antes del inicio del plazo de inscripción.

CALIFICACIÓN

  • Las puntuaciones de los ejercicios de cada ámbito serán numéricas, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez.

La calificación de los ámbitos se expresará en los siguientes términos: «Insuficiente» (IN), «Suficiente» (SU), «Bien» (BI), «Notable» (NT) y «Sobresaliente» (SB), considerándose calificación negativa el «Insuficiente» (IN) y positivas todas las demás y, en todo caso, aplicándose las correspondencias con las puntuaciones numéricas establecidas en el artículo 24.2 de la Resolución de 18 de junio de 2024.

  • El ejercicio correspondiente al Ámbito de Comunicación contendrá ejercicios de Lengua Castellana y Literatura, cuya puntuación supondrá el 70% de esta parte, y ejercicios específicos de la lengua extranjera elegida, cuya puntuación supondrá el 30%.
  • Las personas aspirantes que superen los 3 ámbitos cumplirán los requisitos para la obtención directa del título de graduado o graduada en ESO.
  • En el caso de no haber superado los 3 ámbitos, las personas aspirantes mantendrán las calificaciones de los ámbitos superados para sucesivas convocatorias, que tendrán validez en todo el territorio nacional tanto para la prueba de obtención directa del título de graduado o graduada en ESO, como para cursar la educación secundaria para personas adultas.
  • En caso de personas aspirantes que hubieran obtenido exención en algún ámbito, se consignará la expresión "exento/a" (EX) que tendrá la consideración de ámbito superado. En el caso de personas aspirantes que no se presenten a la realización de un ejercicio, se consignará en el acta la expresión "no presentado/a" (NP), que tendrá la consideración de ámbito no superado.

CERTIFICACIONES
Quienes hayan realizado la prueba podrán solicitar la expedición de un certificado acreditativo de superación de todas (o de alguna) de las partes, en la secretaría del centro donde hubiesen realizado la prueba.

EXENCIONES
Estarán exentas de realizar alguno o todos los ejercicios que conforman la prueba las personas que acrediten alguna de las siguientes circunstancias, mediante la certificación correspondiente:

  • Haber superado (en convocatorias anteriores) alguno de los ámbitos de los que consta la prueba, o de los grupos de los que constaba la prueba para la obtención del título de graduado en educación secundaria para personas mayores de 18 años regulada en la Resolución de 21 de febrero de 2003 (BOPA de 29 de marzo).
  • Contar con la exención de los 2 niveles de alguno de los ámbitos en los que se estructuran las enseñanzas de educación secundaria para personas adultas.

REALIZACIÓN

  • Las personas inscritas deberán ir provistas del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido y acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante, y de los útiles de escritura y de dibujo, de máquina calculadora y otros, que guarden relación con la naturaleza de la prueba y que figure en la información que la Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación publicará en el portal educativo Educastur (www.educastur.es) antes del inicio del plazo de inscripción.
  • El calendario, lugar de celebración y horario para la realización de cada uno de los ejercicios deberá ser expuesto en el tablón de anuncios o en la página web del centro de educación de personas adultas en el que se realicen las mismas, en la fecha indicada en el calendario de las convocatorias del resuelvo decimoséptimo de la resolución de convocatoria de las pruebas. Esa información estará también disponible en el portal educativo www.educastur.es.
  • Las fechas de realización de las pruebas serán:
    • convocatoria de enero: 15 de enero de 2026
    • convocatoria de junio: 28 de mayo de 2026

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Quienes soliciten algún tipo de exención de las recogidas en el apartado noveno de la Resolución de la convocatoria:
    En el caso de presentación de solicitud por Registro:
    • Copia electrónica auténtica de documento papel de la certificación a que se refiere el citado apartado.
    En el caso de solicitud presentada en el centro de inscripción:
    • Original y copia de la certificación a que se refiere el citado apartado.
    Las personas aspirantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) que precisen algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas:
    • Informe médico que acredite su diagnóstico clínico, expedido por un Servicio de salud, y/o informe de evaluación psicopedagógica emitido por el Departamento de Orientación del centro educativo donde haya cursado estudios o de un Servicio especializado de orientación. (Se debe formular la correspondiente petición en la casilla habilitada en el formulario de solicitud).
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
    Las personas aspirantes con discapacidad reconocida que precisen algún tipo de adaptaciónposible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba:
    • Certificado acreditativo del tipo y grado de discapacidad expedido por el organismo competente al efecto. (Se debe formular la correspondiente petición en las casillas habilitadas en el formulario de solicitud).
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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    Documentación relacionada

    01. Solicitud normalizada

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    Tramitación

    Tramitación Registro Electrónico

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    Tramitación presencial

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