Finalidad
Comunicar las nuevas instalaciones y modificaciones de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos destinadas a suministro a clientes finales, barcos o aviones.
Quien lo puede presentar
Personas físicas o jurídicas titulares de parques de almacenamientos de productos petrolíferos líquidos destinados a la distribución al por menor a clientes finales, barcos o aviones.
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Presentación
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Sevicio de Política Industrial
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Plazo de resolución
No aplica es una comunicación
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Recursos
Potestativo de reposición en el caso que se determine la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad y se deniegue la inscripción en el registro de instalaciones de distribución al por menor
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado.
En el caso de nuevas instalaciones y modificaciones de importancia:
- Proyecto y dirección de obra.
En el caso de reparaciones:
Si se trata de una conversión a doble pared:
- Proyecto.
- Certificado final de obra emitido por técnico competente de la empresa instaladora.
Si se realiza una reparación de un tanque de pared simple:
- Bastará con aportar el certificado de la prueba de estanqueidad posterior a la reparación emitido por un organismo de control.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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