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AYUD0398T01 - Ayudas para la financiación de acciones formativas dirigidas a la mejora de las capacidades digitales preferentemente de las mujeres desempleadas (MRR)

Plazu zarráu

Plazos de presentación

Desde
15/09/2025
00:00h
Hasta
06/10/2025
23:59h

Finalidad

Obtener ayudas con destino a la financiación de acciones formativas dirigidas a la mejora de las capacidades digitales preferentemente de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del componente 19 del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española.


Quien lo puede presentar

Entidades de formación que se hallen inscritas en el Registro de centros colaboradores y de especialidades formativas de la Comunidad del Principado de Asturias o, en su caso, ante el SEPE o registro autonómico competente que no sea el perteneciente al Principado de Asturias.

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Presentación

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Las solicitudes de subvención, además, se mecanizarán obligatoriamente a través de la aplicación informática SINTRAFOR dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, disponible a tal efecto en la página de Internet ttps://sintrafor.asturias.es/

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Órgano gestor

Servicio de Programación y Seguimiento de la Formación.

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Plazo de resolución

4 meses.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Recurso de alzada.

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Normativa básica

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Información adicional

FICHERO DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
    Documentación administrativa:
    • Solicitud en modelo normalizado.
    • Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
    • Documento nacional de identidad del representante legal para el caso de que la entidad solicitante sea una persona jurídica.
    • Documento acreditativo del número de identificación fiscal de la entidad
    • Documento con los Estatutos de la entidad solicitante debidamente legalizados. En el supuesto de que la entidad solicitante se trate de una persona física deberá aportarse declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
    • Relación priorizada de la selección de las 8 áreas geográficas para impartir la formación.
    • Programa formativo
    • Informe escrito explicativo de la formula o método de imputación futura de los costes indirectos de la acción formativa.
    • Declaración responsable del solicitante de: - Adecuación al principio de "no causar perjuicio significativo" en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del reglamento (UE) 2021/241 del parlamento europeo y del consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el mecanismo de recuperación y resiliencia en el marco del Programa "Mejora de capacidades digitales para personas desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género", en el marco del PRTR. - Cumplimiento de los Principios Transversales establecidos en el PRTR, que puedan afectar al ámbito objeto de gestión - Integración laboral de personas con discapacidad (grado de discapacidad igual o superior al 33 %). Acompañada del Informe de Trabajadores en Alta de la Seguridad Social de la empresa y el Informe de Vida Laboral correspondiente
    • Declaración responsable y acreditación, en el caso de que resulte de aplicación, con el fin de acreditar el cumplimiento, en los términos dispuestos en el artículo 13.3. bis de la Ley General de Subvenciones, de los plazos de pago regulados en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La acreditación se realizará mediante certificación suscrita por la persona física o, en el caso de personas jurídicas, por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente. -Para aquellos casos en el que la subvención se haya solicitado por personas físicas o jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. -En aquellos casos en los que las personas jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores; o, en el caso de que no sea posible emitir el mencionado certificado, será acreditado en un "Informe de Procedimientos Acordados", elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. La aportación de la documentación referida a este apartado podrá ser aportada bien junto con la solicitud de subvención, o posteriormente en el plazo de 10 días desde la notificación del requerimiento dirigido al efecto por el órgano instructor previo a la propuesta de resolución definitiva.
    • Compromiso escrito sobre la concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias de control, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 129.1 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 («Reglamento Financiero») en el marco del Programa "Mejora de capacidades digitales para personas desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género", en el marco del PRTR.
    En el supuesto de que la entidad solicitante se trate de una persona física:
    • Declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
    En el caso de que se hayan realizado cambios en el número de cuenta bancaria del solicitante, se solicite subvención por primera vez o nunca se haya obtenido una ayuda o subvención de la Administración del Principado de Asturias:
    • Fichero de acreedores.
    En el caso de entidades inscritas ante el SEPE o registro autonómico competente que no sea el perteneciente al Principado de Asturias, deberán presentar:
    • Documento acreditativo de la inscripción.
    • Copia de la autorización o resolución de inscripción de cada una de las especialidades formativas que pretendan impartir.
    • Declaración responsable de que disponen en el territorio del Principado de Asturias de instalaciones inscritas con indicación de las mismas. Las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando con ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.
    Documentación técnica:
    • Documento firmado por el representante legal de la entidad solicitante indicando las convocatorias públicas de subvenciones de acciones de formación para el empleo dirigidas prioritariamente a personas desempleadas en las que haya resultado beneficiario y ejecutado la formación y que se pretende que se valoren. En caso de convocatorias realizadas por el SEPEPA se indicará claramente la Resolución por la que se concede la subvención.
    • Certificados, informes y acreditaciones de responsabilidad social (plan de igualdad, conciliación o plan que incorpore medidas de igualdad y medidas de conciliación o certificación en su caso, distintivo asturiano de igualdad, integración laboral de personas con discapacidad) con los que cuente el centro de impartición. En el supuesto de planes de igualdad o conciliación se indicará la dirección del sitio de internet donde este publicado
    En caso de que las convocatorias hayan sido realizadas por otras administraciones públicas distintas al SEPEPA:
    • Certificado expedido por la administración convocante en la que se indique las convocatorias en las que ha sido beneficiaria, con expresa mención a la total ejecución de las mismas. En el caso de que no se haya ejecutado la programación en su totalidad, se indicará el número de cursos adjudicado y el número de cursos que no se han ejecutado. De este cómputo se excluirán aquellos que no se han ejecutado por causas de fuerza mayor.
    En el caso de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas impartidas en convocatorias públicas no realizadas por el SEPEPA deberá aportar:
    • Certificación de la valoración obtenida en las encuestas de satisfacción del alumnado de cursos realizados utilizando el modelo de evaluación puesto a disposición de todos los Servicios de empleo por el Sistema Nacional de Empleo.
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
    • Poder Notarial, en caso de representación por poder notarial.
    • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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