Quien lo puede presentar
Empresas funerarias que cuenten con autorización del familiar o representante del fallecido.
Xubir al entamu
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Xubir al entamu
Órgano gestor
Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental
Xubir al entamu
Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado.
- Certificado literal de defunción expedido por el Registro Civil.
- Certificación del responsable del cementerio donde se encuentra inhumado el cadáver, haciendo constar los datos identificativos del lugar exacto (por ejemplo: nº de nicho).
- Licencia de reinhumación, expedida por el encargado del cementerio de destino, identificando el lugar exacto, o compromiso de incineración del responsable de crematorio correspondiente.
- Médico tanatólogo actuante, señalando nombre, apellidos y número de colegiado.
- Si no han transcurrido dos años desde la inhumación, justificación de la solicitud de exhumación.
- Con posterioridad deberá presentarse el acta de exhumación (en el plazo de 1 mes desde la autorización sanitaria).
Si procede:
- Acreditación del representante legal de la familia.
- Autorización judicial, si ha existido intervención judicial.
- Acta de embalsamiento
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Xubir al entamu
Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Xubir al entamu